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ROZAS ELINA INES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora impugnó la liquidación de su haber y diversos aspectos de reajustes previsionales contra ANSES. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, diferió el tratamiento de Villanustre para la ejecución, confirmó lo demás y reguló costas y honorarios (30% ante la alzada).

Intereses Inconstitucionalidad Seguridad social Costas de alzada Reajustes Prestacion basica universal Villanustre Haber inicial Decreto 807/16 Honorarios (30%)


¿Quién es el actor?

ROZAS, Elina Inés.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos a la determinación del haber inicial, actualización de remuneraciones para cálculo del haber, Prestación Básica Universal, intereses y demás rubros conexos; pedidos de inconstitucionalidad de normas y regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos; diferió el tratamiento del precedente "Villanustre" para la etapa de ejecución; diferió la regulación de honorarios de primera instancia; confirmó el pronunciamiento apelado en lo demás; impuso costas de alzada por su orden; reguló honorarios a favor de la representación letrada de la parte actora en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia más IVA; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen. Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
- "En virtud de ello, atento que quien acciona obtuvo su prestación previsional con posterioridad al mensual agosto 2016, corresponde remitirnos, por razones de orden y economía procesal, en cuanto a la validez constitucional del Decreto 807/16 a los fundamentos del fallo “Blanco” y confirmar lo resuelto en la instancia de grado."
- "En consecuencia, se confirma lo resuelto por ea quo."
- "En relación al art. 2 de la Ley 27426, si bien esta Sala por mayoría se ha pronunciado a favor de su inconstitucionalidad, recientemente el Superior Tribunal de Justicia de la Nación se ha expedido ... revocó la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27426. En virtud de ello ... corresponde estar a lo dispuesto por el Alto Tribunal de la Nación al respecto y confirmar la sentencia apelada."
- "En relación con el agravio vertido referente a la doctrina fijada por la CSJN en los autos: “Villanustre, Raúl Félix ...”, Sent. Fecha 17/12/1991 ... difiérase su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia, momento en cual podrá evaluarse concretamente su aplicación al caso."
- "Por ello, considerando dicha circunstancia, a fin de no causar nuevas dilaciones, tratándose de la percepción de sumas de carácter alimentario reconocidas al actor, se desestima lo solicitado por el/la apelante..."
- Voto en adhesión con salvedad (voto que contiene una modificación puntual): "Adhiero al voto que antecede con excepción de lo resuelto en torno a la recomposición del haber enero 2021. ... En consecuencia, revoco lo dispuesto en la instancia de grado en cuanto a este punto." (voto del Dr. Juan A. Fantini, que integra la mayoría en la medida en que la resolución final dispone revocar parcialmente la sentencia). (Se aclara que los párrafos transcritos corresponden literal y textualmente a los considerandos del voto mayoritario incorporados en la sentencia; la disidencia parcial del Dr. Fantini quedó integrada en la decisión de revocar parcialmente conforme consta en la parte resolutiva.)

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