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FITZ GERALD GUSTAVO MIGUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó reajustes previsionales y actualización de la Prestación Básica Universal contra ANSES. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, difirió el análisis de la Ley 27.609 y de los bonos para la etapa de ejecución, confirmó lo demás y reguló costas y honorarios por la alzada.

Costas Honorarios Inconstitucionalidad Anses Reajustes Movilidad previsional Bonos extraordinarios Ley 27.609 Ley 24.463 art.9 inc.3 Difiere para ejecucion


¿Quién es el actor?

Fitz Gerald Gustavo Miguel (actor).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios — actualización del haber inicial dependiente, de la Prestación Básica Universal, declaración de inconstitucionalidad de normas (arts. 9, 24, 25 y 26 Ley 24.241, art. 14 punto 2) párr. 2º Resolución SSS 6/09, Ley 27.609 y bonos), aplicación de tasa de sustitución mínima, interés, y otros aspectos relativos a la metodología de actualización.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada; difirió para la etapa de ejecución el tratamiento de la Ley 27.609 y la incorporación de los "bonos"/"refuerzos extraordinarios"; diferió la regulación de honorarios de primera instancia; confirmó el pronunciamiento apelado en lo demás; impuso costas de alzada a la demandada vencida conforme a la doctrina de la CSJN en “Morales Blanca Azucena c/ ANSeS”; reguló honorarios de la representación letrada de la actora en la alzada en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia más IVA; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Finalmente, ante la insuficiencia demostrada por el esquema de movilidad de la Ley 27.609, el Poder Ejecutivo dictó el DNU N° 274/2024, publicado el 25 de marzo de 2024. Este decreto introdujo una modificación sustancial en la normativa, sustituyendo el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y disponiendo que los haberes previsionales se ajusten mensualmente de acuerdo con las variaciones del nivel general del índice de precios al consumidor nacional publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) conforme la fórmula que como Anexo forma parte integrante de la norma... En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, este Tribunal considera prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución." "En torno a los 'subsidios extraordinarios', 'refuerzos previsionales' y/o 'bonos extraordinarios' establecidos por el Poder Ejecutivo Nacional (PEN)... De allí se colige, que, si bien las circunstancias han ido cambiando a lo largo del tiempo, como así también la movilidad aplicable, las sumas instituidas por los decretos cuestionados, siguen siendo abonadas. En virtud de lo esbozado, el planteo de la actora exige un análisis más profundo y contextualizado que resulta prematuro en esta instancia... por lo que corresponde diferir su evaluación para la etapa de ejecución de sentencia." "En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc. 3) de la Ley 24.463 (conf. Fallo: CSJN 'Rapisarda, José León c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ Reajustes Varios' sentencia del 6 de agosto de 2015), en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los tres jueces adhieren al decisorio final.

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