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SCHUSTER JORGE ARIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor interpuso demanda contra ANSES por reajustes varios de haberes previsionales y cuestionamiento de índices, intereses y normas aplicables. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, difirió el análisis de inconstitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241 para la etapa de ejecución, confirmó lo restante y condenó en costas a la demandada.

Intereses Costas Honorarios Ejecucion Anses Pbu Reajustes previsionales Movilidad previsional Ley 27.609 Ley 24.241 arts. 9 y 25


¿Quién es el actor?

SCHUSTER JORGE ARIEL.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales: actualización de la PBU, tasa de interés aplicable, impugnación de la Ley 27.609 (fórmula de movilidad), y cuestionamiento de los arts. 9, 25 y 26 de la Ley 24.241; además controversia sobre imputación de costas y honorarios. Fecha de adquisición del beneficio del actor: 14/06/2017.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada, difirió el tratamiento de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241 para la etapa de ejecución, confirmó lo demás resuelto en primera instancia, impuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida conforme la doctrina de la CSJN y reguló honorarios a favor de la representación letrada de la parte actora en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia más IVA si correspondiere; devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "La parte actora se queja de la actualización de la PBU, de la tasa de interés aplicada, el art. 9 de la ley 24.463, arts. 9, 25 y 26 de la ley 24.241 y la forma en la que fueron impuestas las costas. Pide la inconstitucionalidad de la ley 27.609." "En consecuencia, se confirma el índice establecido en la instancia de grado." "En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, este Tribunal considera prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución." "En relación con el pedido de inconstitucionalidad de los artículos 9 y 25 de la ley 24.241, cabe destacar que, si el descuento de aportes y contribuciones al SIPJ se realiza sobre la totalidad del haber de un activo, no corresponde topear dicho haber para establecer el promedio de las remuneraciones... En consecuencia, en tanto debe acreditarse la circunstancia referida, corresponde diferir el tratamiento de la cuestión para la etapa de ejecución." "Respecto de los intereses, deberán calcularse desde que cada suma fuere debida y hasta su efectivo pago, conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina..." "En el marco de lo resuelto por la CSJN en autos: 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo', Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, a cuyos argumentos me remito en honor a la brevedad, corresponde revocar la imposición de costas e imponerlas a la demandada vencida (art. 36 Ley 27.423)."
- Votos: El voto del Dr. Walter F. Carnota contiene los fundamentos citados y propone las medidas que integran la parte resolutiva; la Dra. Nora C. Dorado y el Dr. Juan A. Fantini adhieren al voto principal. No existe disidencia relevante.

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