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FLESLER IRENE ALICIA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió acción de amparo contra ANSES por la aplicación del tope de la Ley 24.463 y descuentos sobre sus haberes previsionales. La Cámara confirmó la sentencia de grado que ordenó el cese del descuento y la devolución de sumas, pero revocó la decisión relativa a la exención del pago del impuesto a las ganancias sobre el haber mensual por ser extra petita.

Costas Honorarios Seguridad social Amparo Anses Exencion impuesto a las ganancias Tope de haberes Ley 24.241 Ley 24.463 Pbu?pc?pap


¿Quién es el actor?

Flesler Irene Alicia.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: acción de amparo para declarar inaplicable la escala de deducciones del artículo 9 inciso 2 de la Ley 24.463 respecto del haber previsional de la actora (beneficio PBU‑PC‑PAP con suplemento por servicio docente) y ordenar el cese del descuento y la devolución de sumas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de grado en cuanto a lo decidido en la totalidad de los agravios (cese del descuento y devolución retroactiva) pero revocó lo resuelto respecto de la exención del pago del impuesto a las ganancias sobre el haber mensual. Se hicieron costas a la demandada vencida y se regularon honorarios por la apelación.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "En consecuencia, la acción de amparo resulta la vía idónea para el esclarecimiento de la cuestión en debate, a la luz de los derechos presuntamente afectados, de naturaleza alimentaria y preferente tutela constitucional, razones que me llevan a valorar la decisión adoptada por el juez." "Ahora bien, tal como ha sido tramitada la cuestión queda definir si corresponde admisión respecto del beneficio provisional del actor la plena aplicación del tope previsto en el art. 9 inc. 2 de la ley 24.463. En tal sentido estimado que resulta inaplicable al haber accionado previsional del escala de deducción prevista en la resolución SSS Nº6/09 de la Secretaria de la Seguridad Social –reglamentaria de la Ley 26.417
- toda vez que esta normativa establece en su artículo 9) lo siguiente 'Los haberes previsionales mensuales correspondientes a las prestaciones alcanzadas por la escala de deducciones a que refiere el inciso 2 de la Ley Nº 24.463, estarán sujetos a partir del 1º de marzo de 2009, en concordancia con el ajuste del haber máximo que se determina según lo previsto por el artículo 9º de la ley antes mencionado, a la siguiente escala de deducción: Si el haber supera el monto del haber máximo: QUINCE POR CIENTO (15%) sobre el excedente de dicho importación máximo'." "Por lo tanto, entiendo que corresponde confirmar el decisión de grado." "Respecto al impuesto a las ganancias sobre el haber mensual, teniendo presente lo dictaminado por el Sr. Representante del Ministerio Público Fiscal, y toda vez que en el pronunciamiento, la magistrada de grado se ha expedido respecto de la exención del Impuesto a las Ganancias sobre el haber mensual, cuestión que no fuera peticionada por la actora en su escrito de inicio, por estrictos razones de economía procesal, corresponde revocar lo decidido por la a quo por resultar dicho extremo extra petita."
- Disidencias: No hubo votos en disidencia; los tres jueces (Fantini, Carnota y Dorado) adhieren al decisorio.

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