SENA RAFAEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo de reajustes previsionales por aplicación de decretos de movilidad y normas suspensivas. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado y ordenó a ANSeS reajustar la prestación a enero de 2021 por las diferencias entre lo percibido por decretos (163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020) y lo que correspondería con la ley suspendida 27.426, diferiendo para ejecución la cuestión de inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y el tratamiento de bonos y del precedente Villanustre.
¿Quién es el actor?
Sena Rafael (titular del beneficio, Fecha de Adquisición del Beneficio 17/04/2007).
¿A quién se demanda?
ANSeS (organismo demandado).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios — se reclaman diferencias previsionales por aplicación de normas de movilidad, actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial, impugnación de la Ley 27.609, solicitud de incorporación/consideración de bonos/refuerzos extraordinarios, y otros ajustes vinculados a decretos y leyes (p. ej. Ley 27.541, DNU 274/2024, etc.).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado y ordenó a ANSeS que reajuste la prestación del actor a enero de 2021 abonando la diferencia entre lo percibido por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 —que fijaron la movilidad durante el período suspendido— y la movilidad que le hubiese correspondido de haberse aplicado la ley suspendida 27.426, únicamente para los meses de enero y febrero de 2021. Difirió para la etapa de ejecución la evaluación de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609, la incorporación de bonos/refuerzos extraordinarios y la aplicación del precedente “Villanustre, Raúl Félix”. Confirmó lo demás decidido en la instancia de grado. Impuso costas de Alzada a la demandada y reguló honorarios de la representación letrada del actor en el 30% de lo fijado en la instancia anterior más IVA cuando corresponda; ordenó la devolución de actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) Sobre la actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial: "En lo relativo a los agravios que giran en torno al método de actualización de las remuneraciones para la determinación del haber inicial, encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por el Alto Tribunal de la Nación en los autos 'Elliff Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' (Fallos 332:1914) doctrina que fue ratificada en la sentencia 'Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' de fecha 18 de diciembre de 2018... corresponde ratificar lo resuelto por el a quo en torno a la actualización de las remuneraciones consideradas para el cálculo de la PC y PAP, con arreglo al índice que contempla la Resolución 140/95 de la ANSeS hasta la fecha de adquisición del derecho del actor."
2) Sobre la orden de pago por decretos y ley suspendida: "En este orden, corresponde revocar la sentencia de grado, en lo que respecta, y se propicia ordenar al organismo demandado que abone al titular las diferencias que pudieran surgir entre la movilidad percibida en virtud de los decretos dictados en el contexto de emergencia económica y la que le hubiera correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, únicamente para los meses de enero y febrero 2021."
3) Sobre diferimiento de inconstitucionalidad y cambios normativos: "A la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución... Dictar un pronunciamiento definitivo en esta etapa podría superponerse y, eventualmente, obstaculizar los ajustes normativos que se están implementando, afectando la seguridad jurídica..."
4) Sobre intereses y costas: "Respecto de los intereses, deberán calcularse desde que cada suma fuere debida y hasta su efectivo pago, conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina... Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN sentada en autos: 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo', Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423)."
- Disidencia: El Dr. Juan A. Fantini disintió del voto mayoritario en algunos puntos (mantuvo confirmación plena en lo relativo a la ley 27.541 y decretos conexos), pero la mayoría resolvió conforme al bloque dispositivo transcripto, por lo que la disidencia quedó en minoría.
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