SANCHEZ OMAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional y declarar la inconstitucionalidad de normas de movilidad. El Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº4 rechazó la demanda, imponiendo costas y regulando honorarios de la parte actora en $521.100 por 5 UMAS.
¿Quién es el actor?
Sánchez Omar.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste del haber previsional y planteos de inconstitucionalidad frente a las leyes 24.241, 24.463, 27.426, 27.541, 27.609 y normas complementarias; pedido de redeterminación del haber y aplicación de otra fórmula de movilidad.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda interpuesta por la parte actora; se impusieron las costas en el orden causado; y se regularon los honorarios de la dirección letrada de la parte actora en la suma de $521.100 (correspondientes a 5 UMAS), con más IVA en caso de corresponder.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
- "En la presente causa se solicitan similares pretensiones que tuvieron favorable acogida en la causa previa a la que me referí, de manera que cabe concluir que este expediente se encuentra alcanzado por el instituto procesal de la cosa juzgada."
- "Conforme a lo expuesto concluyo decidiendo que las cuestiones relativas al reajuste de haberes previsionales y la inconstitucionalidad de la ley 27.426 se encuentran alcanzadas por el instituto de la cosa juzgada."
- "Respecto al planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27.541... adelanto que no obstante el esfuerzo dialéctico y argumentativo demostrado, la pretensión no tendrá favorable acogida."
- "La declaración de inconstitucionalidad de una ley ... debe ser considerada como última ratio del orden jurídico... procedente únicamente cuando la repugnancia de la norma con la Constitución sea manifiesta, clara e indudable" (citas a CSJN).
- "El control de constitucionalidad de una norma en temas que afectan el presupuesto público y los fondos públicos ... debe realizarse con mesura, prudencia y cautela..."
- "De conformidad con lo expuesto, decido el rechazo de la demanda, lo que así dispongo."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el texto remitido.
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