SPERA, SANTIAGO c/ EN - M SALUD - COMISION MEDICA JURISDICCIONAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO - EX 117214/22 s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Spera impugnó el dictamen de la Comisión Médica Jurisdiccional que reconoció una incapacidad del 5% derivada de la vacunación contra COVID-19 y solicitó elevarla al 20% e incluir otros rubros. La Cámara rechazó el recurso directo y confirmó el dictamen de la Comisión Médica, por entender que la comisión fundamentó la fijación porcentual y que la ley limita su intervención a valuar la incapacidad física.
¿Quién es el actor?
Santiago Spera.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional – Ministerio de Salud – Comisión Médica Jurisdiccional de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (dictamen administrativo).
- Objeto de la demanda: Impugnar el dictamen de la Comisión Médica Jurisdiccional que determinó una incapacidad laboral del 5% por síndrome de trombosis con trombocitopenia relacionado con la vacuna Sputnik contra COVID-19; solicitar aumento del porcentaje al 20% y reconocimiento de otros rubros indemnizatorios (daño moral, lucro cesante, gastos médicos y tratamiento psicológico).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso interpuesto y, en consecuencia, se confirmó el dictamen de la Comisión Médica Jurisdiccional objeto de crítica. No se impusieron costas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"6º) Que, así las cosas, las críticas esgrimidas no pueden prosperar, toda vez que la Comisión Médica actuante —en contraposición a lo argüido por el recurrente— detalló explícitamente los motivos por los que fijó el porcentaje de incapacidad aquí cuestionado. En efecto, el dictamen coligió que la incapacidad del Sr. Spera se desprendía de diversos elementos, enumerados bajo el rótulo 'Patologías', a saber: 'Antecedentes fehacientes —historia clínica— y tratamiento de hemiparesia faciobraquiocrural, con síntomas menores y TAC+'. Asimismo, efectuó una extensa reseña del contenido de la historia clínica apuntada —discriminada en dos apartados: (i) Epicrisis; y (ii) Tomografía de cerebro – Angiotomografía—, como así también recopiló los resultados del examen físico al que se sometió el paciente, y el informe de Seguridad de Vacunas (cfr. expediente administrativo, págs. 483/484)."
"Por otra parte, no puede perderse de vista que la propia redacción de la normativa en juego reduce la intervención de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales a la ponderación de la incapacidad por daño físico (cfr. arts. 8º bis y quater, ley 27.753); circunstancia que excluye —como derivación lógica— la contemplación de otros rubros indemnizatorios como el psicológico o el moral (en idéntica línea, Sala II, CAF 8577/23 'Klein, Liliana Margarita c/ E.N. – Min. Salud s/ Recurso Directo de Organismo Externo', resolución del 7.02.2025; y Sala III, CAF 4539/24 'Soto, Mariela Alejandra c/ E.N. – Min. Salud s/ Recurso Directo de Organismo Externo', resolución del 28.10.2025)."
- Disidencia: Se deja constancia de que el juez Marcelo Daniel Duffy no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia; no hay voto en disidencia expresado en el expediente.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: