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TJS GROUP SRL c/ EDESUR SA s/EXPROPIACION-SERVIDUMBRE ADMINISTRATIVA

TJS Group S.R.L. demandó a EDESUR S.A. por indemnización por servidumbre administrativa y reintegro de costos por obra civil. La Cámara hizo lugar a la apelación, revocó la resolución de grado y admitió la titularidad y la reserva de derechos acreditada, con costas en el orden causado.

Costas Reglamento de copropiedad Edesur Legitimacion activa Revocatoria Servidumbre administrativa Camara contencioso administrativo federal Ley 19.552 Tjs group Admision de prueba extemporanea


¿Quién es el actor?

TJS Group S.R.L.

¿A quién se demanda?

Empresa Distribuidora Sur S.A. (EDESUR S.A.)
- Objeto de la demanda: Reclamo de indemnización por la “expropiación padecida”/servidumbre administrativa conforme ley 19.552 y reintegro de sumas relativas a la obra civil (construcción de una cámara transformadora) en el inmueble sito en Muñiz 718, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar al recurso de apelación de la actora y revocó la resolución de primera instancia; rechazó la excepción de falta de legitimación activa opuesta por EDESUR y admitió la incorporación del Reglamento de Copropiedad, imponiendo costas en ambas instancias en el orden causado.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo): "Por ello, corresponde admitir la incorporación del Reglamento de Copropiedad a estas actuaciones —agregado nuevamente en esta alzada—, sin que resulte necesario expedirse sobre el replanteo de prueba solicitado en forma subsidiaria, por resultar insustancial." "Por otra parte, el art. 9 de la ley 19.552 —modificado por el art. 83 de la ley 24.065— dispone que el propietario del predio afectado por la servidumbre es el legitimado para percibir la indemnización; tal circunstancia ha quedado acreditada por la prueba documental obrante en autos." "Refuerza la solución la posterior constitución del consorcio —v. 'DOCUMENTAL. ESCRITURA-REGLAMENTO. INSCRIPCIÓN', incorporado el 17/6/26 —, pues de allí surge una cláusula que reserva expresamente en favor de la sociedad 'TJS Group S.R.L.' el derecho a reclamar a EDESUR tanto la indemnización por la constitución de la servidumbre administrativa de electroducto como el reintegro por los costos de construcción de la cámara transformadora. Tal previsión contractual opera, desde el plano jurídico, como una cesión de derechos que habilita a la sociedad actora a ejercer la acción en sede judicial."
- Disidencias o apuntes relevantes: se deja constancia en la parte resolutiva que el juez Marcelo Daniel Duffy "no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia", sin que conste disidencia expresada; la decisión adoptada fue la de los jueces Vincenti y Morán (mayoría).
- Fechas y trámites relevantes: demanda presentada el 17/6/25; el juez de primera instancia resolvió el 6/4/26 rechazando la demanda; apelación interpuesta el 10/4/26 y concedida el 23/4/26; sentencia de Cámara firmada el 24/9/26.

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