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JURJO, ROMINA ISABEL Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Regulación de honorarios por ejecución: la Cámara confirmó los emolumentos regulados y sostuvo que el IVA integra las costas, debiéndose adicionarlo cuando el profesional sea responsable inscripto. Se ordenó registrar, devolver y notificar en la instancia de origen.

Costas Regulacion de honorarios Notificacion Confirmacion Ejecucion Emolumentos Abogado patrocinante Impuesto al valor agregado Camara contencioso administrativo federal Ley 27.423


¿Quién es el actor?

JURJO, ROMINA ISABEL y otros.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- PFA (Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg).
- Objeto de la demanda: impugnación/incidente sobre la regulación de honorarios por las tareas desplegadas en el trámite de ejecución tendiente al total cumplimiento de la sentencia y cobro de intereses; revisión de la regulación de emolumentos practicada el 25/03/2026.

¿Qué se resolvió?

la Cámara confirmó, en lo que fue materia de recurso, los emolumentos regulados con fecha 25/03/2026; además estableció que el importe del impuesto al valor agregado integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios cuando el profesional acreedor revista la calidad de responsable inscripto, disponiendo reglas para el caso en que no se haya denunciado esa calidad; ordenó registrar, devolver y notificar en la instancia de origen.
- Fundamentos principales (transcripciones relevantes): "Que, mediante la regulación de honorarios se busca compensar de modo adecuado la tarea desplegada por los profesionales que se desempeñaron durante la sustanciación de la causa. Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito." "Que, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional (C.S., Fallos: 270:388; 296:124, entre muchos más)." "Que sobre la base de las consideraciones precedentemente expuestas, a fin de fijar la retribución por las tareas desarrolladas tendientes a obtener el total cumplimiento de la sentencia y el cobro de los intereses, cabe tener en cuenta la naturaleza del asunto, considerando el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor incidental desarrollada en este particular trámite de ejecución y en la incidencia resuelta con fecha 14/07/2024; los montos involucrados y resultado obtenido, corresponde confirmar – en lo que fue materia de recurso
- los emolumentos regulados con fecha 25/03/2026, en favor de la DRA. VIVIANA MARCELA IGUIÑEZ..." "El importe del impuesto al valor agregado integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios, cuando el profesional acreedor revista la calidad de responsable inscripto en dicho tributo... Para el caso de que el profesional no haya denunciado la calidad que inviste frente al IVA, el plazo para el pago del tributo sobre el honorario regulado, correrá a partir de la fecha en que lo haga."
- No se registran votos en disidencia en el dispositivo final.

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