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ARZAMENDIA, JOSE LUIS c/ EN-M SEGURIDAD-GN-LEY 19349 s/AMPARO LEY 16.986

El actor solicitó amparo para ser trasladado al Escuadrón 16 Clorinda de Formosa. La Cámara ordenó que el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N°5 reasuma la jurisdicción que había declinado, por entender que el acto se exteriorizó y produce efectos en la provincia de Buenos Aires.

Competencia territorial Amparo Conflicto de competencia Gendarmeria nacional Traslado Fiscal general Ley 16.986 Escuadron 16 clorinda Juzgado contencioso administrativo federal n?5 Juzgado federal formosa n?2


¿Quién es el actor?

ARZAMENDIA, JOSE LUIS.

¿A quién se demanda?

EN
- M Seguridad
- Gendarmería Nacional (GN).
- Objeto de la demanda: acción de amparo para que se ordene el cambio de destino del actor al Escuadrón 16 “Clorinda”, provincia de Formosa, frente a la orden de reintegro a su unidad de origen en la provincia de Buenos Aires.

¿Qué se resolvió?

La Cámara resolvió que el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 5 reasuma la jurisdicción que había declinado, y ordenó notificar al actor y al Fiscal General y librar oficio al Juzgado Federal de Formosa N°2 para que tome conocimiento y remitir oportunamente el expediente al Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°5.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes): "En particular, indicó que de las constancias de la causa resultaba que el amparista cumplía funciones en el Escuadrón de Seguridad Ciudadana 'Norte' de Gendarmería Nacional Argentina, ubicado en la provincia de Buenos Aires; y ante esa jurisdicción había presentado su solicitud de ser trasladado a una unidad de la fuerza cercana al domicilio de su progenitor en la Provincia de Formosa. Luego, prestando tareas en carácter de Agregado en el Escuadrón 16 ‘Clorinda’, de la mencionada Provincia, peticionó la prórroga de su designación; sin embargo, mediante Archivo 'APOLO147' ... se había notificado al actor que debía reintegrase a su unidad de origen, en la Provincia de Buenos Aires. Agregó que, en ese contexto, el actor inició la presente acción de amparo contra la Gendarmería Nacional, a fin de que se ordenase su cambio de destino al Escuadrón 16 'Clorinda', de la ciudad homónima de la provincia de Formosa." "En suma, concluyó que por aplicación de la regla que establece el artículo 4° de la Ley N° 16.986, la competencia corresponde al tribunal con jurisdicción en el lugar en que 'el acto se exteriorice o tuviere o pudiere tener efecto'. En consecuencia, toda vez que la conducta de la demandada que el actor tilda de arbitraria se había exteriorizado en la provincia de Buenos Aires; y tiene efectos en ese mismo lugar, pues obliga al actor a continuar prestando servicios en esa provincia, correspondía atribuir la competencia a la justicia federal de la provincia de Buenos Aires." "Por lo tanto, corresponde que el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal n° 5 reasuma la jurisdicción que declinó ... Todo lo cual, ASI SE DECIDE." (No se registran votos en disidencia en el acuerdo.)

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