ROVELLA, MARIO ALBERTO c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra la aplicación del Impuesto a las Ganancias sobre haberes previsionales. El Juzgado federal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el artículo 79 inc. c) de la Ley 20.628 respecto del beneficio del actor, ordenó cesar las retenciones y condenó a la Agencia recaudadora a reintegrar los montos retenidos con intereses desde el 28/08/2024 y hasta su efectivo pago.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Sr. MAR (DNI Nº XXX), titular de un beneficio previsional y retirado de la Fuerza Aérea Argentina.
Demandado: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ex Administración Federal de Ingresos Públicos
- AFIP).
Objeto: Se solicitó declarar la inconstitucionalidad de los artículos 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la Ley N° 20.628 (y normas concordantes) en cuanto permiten aplicar el Impuesto a las Ganancias sobre haberes previsionales, y se reclamó la devolución de las sumas retenidas con más sus intereses.
Decisión: Se hizo lugar a la acción. Se declaró inconstitucional el artículo 79 inc. c) de la Ley 20.628 —en relación al beneficio previsional del actor— y cualquier norma concordante; se ordenó al organismo recaudador que comunique al organismo previsional que debe abstenerse inmediatamente de efectuar retenciones del Impuesto a las Ganancias sobre el beneficio del actor; se condenó a la AFIP a reintegrar las sumas retenidas desde cinco (5) años anteriores a la interposición de la acción (28/08/2024) con intereses calculados desde la fecha de inicio de la demanda hasta el efectivo pago, y los accesorios por importes descontados luego del inicio se devengarán desde cada descuento hasta el pago; se impusieron las costas al orden causado y se difirió la regulación de honorarios hasta la firmeza o ejecutoria.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales del tribunal):
"Se encuentra acreditado en autos -y no controvertido
- que MAR cuenta con el beneficio previsional; y que, conforme surge de la prueba documental acompañada -recibos de haberes
- se le han realizado retenciones en concepto de Impuesto a las Ganancias por las sumas allí indicadas."
"La doctrina sentada a partir del leading case 'García' (Fallos: 342:411) y sus secuelas; se asienta en el sentido de la reforma constitucional de 1994 ... que obliga a los concernidos a contar con mayores recursos" (Considerandos 12, 13 y 17 citados).
"En consecuencia, corresponde hacer lugar a la acción entablada por la actora contra la A, con los alcances del fallo 'García' ... disponiendo que el órgano fiscal se abstenga de efectuar retenciones del impuesto a las ganancias sobre el beneficio previsional de titularidad del actor."
Sobre la retroactividad: "corresponde el reconocimiento quinquenal de las sumas que hubieran sido retenidas sobre los haberes del accionante ... Desde los cinco (5) años anteriores a la interposición de la acción [28/08/24], de conformidad a lo previsto por el Art. 56 ... de la ley 11.683."
Intereses: "los intereses deberán ser calculados desde la fecha de inicio de la demanda y hasta el efectivo pago; mientras que, los accesorios referidos a las sumas retenidas con posterioridad a la promoción de la presente causa, se devengarán desde que cada monto mensual haya sido descontado y hasta el efectivo pago, todo ello, conforme la tasa pasiva promedio publicada por el BCRA (conf. Considerando IV)."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia; la sentencia es un pronunciamiento monocrático de primera instancia firmado por el Juez Federal Oscar A. Papavero.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: