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ERCHEGO, TORIBIO MARCELINO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor, Toribio Marcelino Erchego, promovió demanda contra ANSeS por reajustes varios de haberes previsionales reclamando integrar diferencias de movilidad (hasta alcanzar un 50,30% y un trimestre omitido 07-09/2020). La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia, declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, impuso las costas de esta instancia por su orden y reguló honorarios de Alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia.

Costas Honorarios Inconstitucionalidad Sentencia confirmada Anses Reajuste de haberes Movilidad previsional Ley 27.423 Ley 27.541 Dnu 157/2018


¿Quién es el actor?

ERCHEGO, TORIBIO MARCELINO.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: reclamo de reajustes varios de haberes previsionales; integración en el haber mensual 01/2021 de diferencias porcentuales hasta alcanzar el 50,30% que correspondería por aplicación de la movilidad prevista en la Ley 27.426, e incorporación del trimestre 07/2020 a 09/2020 no considerado, hasta el empalme con la Ley 27.609. Reserva de caso federal.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Rosario
- Sala B confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, debiendo estarse a lo dispuesto en el considerando 2°. Además declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU nº 157/2018, impuso las costas de esta instancia por su orden conforme al artículo 36 de la ley 27.423 y reguló los honorarios de los profesionales de Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes): "En relación a los planteos formulados sobre la ley 27.541, los decretos del PEN y la movilidad de la normativa suspendida, nos remitimos en lo pertinente por razones de brevedad y economía procesal, a los argumentos expuestos en los autos caratulados 'MULLER, ALEJANDRO REINALDO c/ A.N.Se.S s/ REAJUSTE DE HABERES', expte N° FRO 22049/2022/CA1, de esta Sala 'B' integrada
- Acuerdo del 27/05/2025 y 'GOTTIG, José María c/ ANSeS s/ REAJUSTES VARIOS', expte. N° FRO 32870/2022/CA1, Acuerdo del 5/09/2025, pudiéndose ingresar para su lectura ... debiendo rechazarse el agravio y movilizar el haber conforme las pautas allí dispuestas." "En cuanto a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación acto administrativo', expte. N° FCR 21049166/2011/CS001, mediante sentencia del 22 de junio de 2023, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia por su orden, atento al resultado que se arriba, conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423 que dispone: 'En las causas de seguridad social … Las costas se impondrán de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en la parte general, libro I, título II, capítulo V, con excepción de aquellos casos en que los jubilados, pensionados, afiliados o sus causahabientes resultaren vencidos, en cuyo caso se impondrán las costas en el orden causado'."
- Votos en disidencia relevantes: El Dr. Aníbal Pineda expresó disidencia respecto de la solución propuesta en relación al tratamiento de la movilidad, remitiéndose a lo resuelto en FRO 21559/2021 (MORAS, Camilo Ángel c/ ANSeS s/ Reajuste de Haberes), Acuerdo del 02/07/2025, aunque adhirió a las restantes conclusiones de las vocales preopinantes. (Se aclara que dicha posición quedó en disidencia y no integra la decisión de la Cámara.)

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