ROJAS, HELVIO OSMAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió acción contra ANSeS solicitando el recálculo del haber y el pago de diferencias retroactivas por reajustes de haberes previsionales. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia apelada, declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, ordenó imponer las costas de esta instancia por su orden y reguló honorarios en el 30% de lo fijado en primera instancia.
¿Quién es el actor?
ROJAS, HELVIO OSMAR.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajuste de haberes previsionales, orden de recálculo del haber y pago de diferencias retroactivas. Petición de aplicación de la ley de movilidad (art. 32 ley 24.241 / ley 27.609) y determinación de fecha inicial para pago de retroactivos; regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó parcialmente la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, debiéndose atener a lo dispuesto en el considerando 3°, se declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU Nº 157/2018 e impusieron las costas de esta instancia por su orden; se regularon los honorarios de los profesionales de esta Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia. Se ordenó la devolución de autos al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"La Dra. Élida I. Vidal dijo: ... En relación a los planteos formulados sobre la ley 27.541, los decretos del PEN y la movilidad de la normativa suspendida, me remito en lo pertinente por razones de brevedad y economía procesal, a los argumentos expuestos en los autos caratulados 'MULLER, ALEJANDRO REINALDO c/ A.N.Se.S s/ REAJUSTE DE HABERES', expte N° FRO 22049/2022/CA1, de esta Sala 'B' integrada
- Acuerdo del 27/05/2025 y 'GOTTIG, José María c/ ANSeS s/ REAJUSTES VARIOS', expte. N° FRO 32870/2022/CA1, Acuerdo del 5/09/2025, pudiéndose ingresar para su lectura... debiendo rechazarse el agravio y movilizar el haber conforme las pautas allí dispuestas."
"En relación al cuestionamiento en torno a la fecha inicial de pago, corresponde su rechazo debiendo computarse el plazo de prescripción bienal desde la interposición del reclamo administrativo ... 'BENDAYAN, Ricardo Jaime c/ ANSeS s/ Reajuste de Haberes' ... se dispuso que la finalidad del reclamo administrativo es darle a la Administración la posibilidad de rever sus decisiones..."
"En consecuencia, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaria de Seguridad Social N° 1/2018."
"En cuanto a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación acto administrativo' ... corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia por su orden, atento al resultado que se arriba, conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423..."
- Votos en disidencia: El Dr. Aníbal Pineda expresó disidencia parcial respecto de la solución sobre el tratamiento de la movilidad vinculada a la ley suspendida: "Disiento con la solución propuesta en relación al tratamiento de la movilidad respecto de la ley suspendida, en virtud de lo resuelto en los autos FRO 21559/2021 caratulado 'MORAS, Camilo Ángel C/ ANSeS S/ Reajuste de Haberes'..." (esta es la disidencia y no la decisión de la Cámara).
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