QUIROGA, HUGO VICTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo de reajustes previsionales contra ANSES por parte de Hugo Víctor Quiroga. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente a la apelación de ANSES y revocó únicamente la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426, declarando en su lugar la plena constitucionalidad de dicha norma conforme a la doctrina de la Corte Suprema; además impuso las costas a ANSES y reguló honorarios en un 30% de lo fijado en primera instancia.
¿Quién es el actor?
QUIROGA, Hugo Víctor.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de prestaciones previsionales, inclusión de determinados componentes en la base de cálculo, exención del retroactivo del impuesto a las ganancias y declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426 para períodos devengados julio-diciembre 2017, entre otros puntos ligados al cálculo del haber inicial y topes regulatorios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, se revocó la sentencia de primera instancia exclusivamente en cuanto había declarado la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley n° 27.426, declarando en su lugar la plena constitucionalidad de dicha norma; se impusieron las costas a la demandada y se regularon los honorarios profesionales en un 30% de lo regulado en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
- "En consecuencia, corresponde hacer lugar al agravio planteado por ANSeS, revocar en este punto la sentencia de primera instancia y declarar la constitucionalidad del artículo 2 de la ley n° 27.426."
- "La CSJN con fecha 4 de diciembre del año 2025 ... resolvió revocar la sentencia de Cámara, declarando la constitucionalidad del artículo puesto en crisis, por reflexionar en el considerando 11 que 'en el presente caso puede afirmarse que la ley n° 27.426
- vigente desde el 29 de diciembre de 2017
- no vulneró un derecho adquirido por los beneficiarios pues, para ese entonces, el derecho a obtener o percibir el aumento de la ley anterior aún no había nacido
- recién se devengaría en marzo de 2018
- ni se contaba con los elementos necesarios para ello...'"
- Sobre otros puntos confirmados: "Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora."
- Votos y adhesiones: El voto principal del Dr. Manuel Alberto Pizarro resolvió los puntos y fue adherido por los Dres. Juan Ignacio Pérez Curci y Sebastián Guillermo Soneira; no se registran disidencias en el acuerdo final.
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