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ARENAS, JUVENAL EUSEBIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió acción contra ANSES por reajustes y retroactivos previsionales. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente a la apelación de ANSES y revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426, declarando su plena constitucionalidad; además impuso costas y reguló honorarios al 30% de lo anterior.

Costas Honorarios Impuesto a las ganancias Corte suprema Constitucionalidad Anses Retroactivos Reajustes Ley 27.609 Ley 27.426


¿Quién es el actor?

ARENAS, Juvenal Eusebio.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes y retroactivos de haberes previsionales; se cuestionaron la constitucionalidad de normas (art. 2 Ley 27.426; art. 1 Ley 27.609 y decretos) y la aplicación del impuesto a las ganancias sobre retroactivos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, se revocó la sentencia de primera instancia únicamente en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley nº 27.426, declarando en su lugar la plena constitucionalidad de dicha norma; además se impusieron las costas a ANSES y se regularon honorarios en un 30% de lo regulado en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción literal de párrafos relevantes): "a.
- Respecto al agravio sobre la inconstitucionalidad del Artículo 2 de la ley nº 27.426 por los períodos devengados de julio a diciembre del 2017, recientemente la CSJN con fecha 4 de diciembre del año 2025 en los autos: “CSS 138932/2017/CS1 CSS 138932/2017/2/RH1 Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos”, resolvió revocar la sentencia de Cámara, declarando la constitucionalidad del artículo puesto en crisis, por reflexionar en el considerando 11 que “en el presente caso puede afirmarse que la ley n° 27.426
- vigente desde el 29 de diciembre de 2017
- no vulneró un derecho adquirido por los beneficiarios pues, para ese entonces, el derecho a obtener o percibir el aumento de la ley anterior aún no había nacido
- recién se devengaría en marzo de 2018
- ni se contaba con los elementos necesarios para ello, dado que no se había completado el semestre al que hacía referencia la ley n° 26.417 para el cálculo de las variaciones necesarias para obtener el coeficiente de reajuste a aplicar”." "En consecuencia, corresponde hacer lugar al agravio planteado por ANSeS, revocar en este punto la sentencia de primera instancia y declarar la constitucionalidad del artículo 2 de la ley n° 27.426." "d.
- Respecto al agravio que versa sobre la imposibilidad de afectar el retroactivo con el impuesto a las ganancias, cabe destacar que no resulta necesario hacer comparecer a la AFIP... toda vez que no se declara la inconstitucionalidad de la norma, sino que la línea argumentativa que permite evadir al retroactivo del impuesto aludido es la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria... Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora."
- Votos: Los tres jueces (Pizarro, Pérez Curci y Soneira) adhieren al voto que resolvió parcialmente a favor de la apelante en cuanto al art. 2 de la Ley 27.426; no se registran disidencias.

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