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Principal en Tribunal Oral TO06 - IMPUTADO: FERRARI, MIGUEL ANGEL Y OTROS s/PRIVACION ILEGAL DE LIBERTAD (ART.144 BIS INC.1), PRIVACION ILEGAL LIBERTAD AGRAVADA (ART.142 INC.1) y IMPOSICION DE TORTURA (ART.144 TER.INC.1) QUERELLANTE: APDH Y OTRO

Juicio penal por delitos cometidos durante el terrorismo de Estado por crímenes de lesa humanidad; la Cámara/Tribunal Oral Federal de Neuquén calificó los hechos como crímenes de lesa humanidad y condenó, por mayoría, a Sergio Adolfo San Martín y a Jorge Héctor Di Pasquale a prisión perpetua. Se rechazó la prescripción planteada y se impusieron penas para otros imputados (Sachitella 5 años, Carretto 4 años, Renes 4 años), con extinción de la acción penal por fallecimiento respecto de CIL.

Prescripcion Imprescriptibilidad Delitos de lesa humanidad Privacion ilegal de la libertad Unificacion de penas Homicidio calificado Derecho a la verdad Tribunal oral federal Neuquen Torturas/apremios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscalía General de la Nación, Dres. Miguel Palazzani, Gabriela Schumacher, David Maestre y José Cendagorta). Demandado: Imputados principales: Sergio Adolfo SAN MARTÍN; Jorge Héctor DI PASQUALE; Emilio Jorge SACHITELLA; Carlos Mario CARRETO; Hugo César RENES; Miguel Ángel FERRARI; Miguel Ángel CIL (fallecido); entre otros. Objeto: Enjuiciamiento por delitos cometidos durante el terrorismo de Estado: homicidios calificados por alevosía, privaciones ilegales de la libertad agravadas, aplicación de tormentos/apremios, y otros delitos conexos; calificación como crímenes de lesa humanidad y aplicación del régimen penal correspondiente. Decisión: Se rechazó el planteo de prescripción respecto de la mayoría de los hechos (y por mayoría respecto del caso de Juan Carlos Molinez), se calificaron los hechos como CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD y, por ello, se condenó a Sergio Adolfo SAN MARTÍN y a Jorge Héctor DI PASQUALE a la pena de PRISIÓN PERPETUA e inhabilitación absoluta y perpetua (con accesorios y costas). Además: condena de Emilio Jorge SACHITELLA a 5 años de prisión; Carlos Mario CARRETO a 4 años; Hugo César RENES a 4 años; absolución de Miguel Ángel FERRARI (en relación a Mendoza); extinción de la acción penal y sobreseimiento respecto de Miguel Ángel CIL por fallecimiento; declaración, por mayoría, de la situación fáctica del desaparecido Carlos Horacio Magariños (derecho a la verdad). Se dispuso unificación de condenas (arts. 55 y 58 CP) para SAN MARTÍN y DI PASQUALE con otras causas firmes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes; lenguaje original del tribunal): "2) CALIFICAR los hechos objeto de este proceso como constitutivos de CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD (Resoluciones 3 (I) y 95 (I) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, Convención sobre la Imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y lesa humanidad -aprobada por Ley 24.584
- y art. 118 de la Constitución Nacional
- ex 102, texto 1853 CN-)." "3) CONDENAR a Sergio Adolfo SAN MARTIN a la pena de PRISIÓN PERPETUA e inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas del proceso, por considerarlo PARTÍCIPE NECESARIO penalmente responsable del delito de homicidio calificado por alevosía, por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de lograr la impunidad (art. 45, art. 80 inc. 2°, 6° y 7° del CP según ley 21.338), dos hechos (VERALDI Y PICHULMAN); privación ilegal de la libertad agravada por haber sido cometida por funcionario público con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley, con el empleo de violencia, y su duración mayor a un mes (arts. 45, 144 bis inc. 1°, último párrafo en función del art. 142, inc. 1° y 5°, del CP agregado por ley 14.616 y modificación de la 20.642), dos hechos (ESCOBAR –tercera detención
- y PICHULMAN); privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público agravada por el empleo de violencia (art. 144 bis inc. 1° último párrafo en función del 142 inc. 1° CP agregado por la ley 14.616 y modificado por la 20.642), quince hechos (ELVIRA -3 detenciones-, ESCOBAR -segunda detención-, CANCIO, PEREZ -3 detenciones-, SOLANAS – primera detención-, SEGURA, MENDOZA, SEPÚLVEDA, GALLO, DELARD CABEZAS y APPEL DE LA CRUZ) y aplicación de tormentos psíquicos y físicos agravados por ser la víctima perseguida política (art. 144 ter -segundo párrafo
- del CP según ley 14.616), doce hechos (ELVIRA -3 detenciones-, ESCOBAR -2 detenciones-, CANCIO, PÉREZ -3 detenciones-, SOLANAS -primera detención-, SEGURA y PICHULMAN). Todos estos hechos concurren en forma real entre sí." (Disisidencia relevante: respecto del caso de Juan Carlos Molinez, un juez manifestó voto en disidencia sobre la calificación como crimen de lesa humanidad y la prescripción; la Parte Resolutiva consigna que el rechazo del planteo de prescripción respecto de Molinez se adoptó por MAYORÍA – Dres. Silva y Sebastián – quedando en disidencia el voto contrario).

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