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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: LUNA OLIVO, FERNANDO RAFAEL s/ROBO CON ARMAS y ROBO CON LESIONES PREVISTAS EN ARTS. 90 Y 91 DAMNIFICADO: VILLANUEVA, JAVIER SEBASTIÁN

El encausado fue imputado por robos y defraudación; se cuestionó la calificación del hecho por el robo en que se ocasionaron lesiones graves. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional hizo lugar al recurso de casación, calificó el hecho como robo doblemente agravado en grado de tentativa y redujo la pena individual a 4 años y la pena única a 5 años y dos meses.

Casacion Reduccion de pena Lesiones graves Principio de legalidad Robo doblemente agravado Tentativa Concurso real Audiencia de conocimiento personal Competencia cnccc Defraudacion por operacion automatica

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (representado en Cámara por la Unidad Fiscal de Asistencia ante la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional). Demandado: Fernando Rafael Luna Olivo (imputado/condenado). Objeto: Se impugnó la calificación legal y la cuantificación de la pena impuestas por el Tribunal Oral (condena por robo doblemente agravado, robo simple y defraudación mediante uso de tarjeta/operación automática, en concurso real). Decisión: La Sala 1 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, integrada unipersonalmente por el juez Mauro A. Divito, hizo lugar al recurso de casación, casó la sentencia impugnada, calificó el hecho de la causa 20226/2025 como robo doblemente agravado por haberse cometido con armas y por haber provocado lesiones graves, en grado de tentativa; redujo la pena impuesta al imputado a cuatro años de prisión con accesorias legales y la condena única a cinco años y dos meses de prisión con accesorias legales.
- Fundamentos principales de la decisión (trascripción de párrafos relevantes): "En tal sentido, concluí que, en casos como el aquí tratado, 'no median razones que autoricen a apartarse de las previsiones de los arts. 42 y ss. del CP'." "Por lo expuesto, entiendo que corresponde hacer lugar al recurso presentado, casar la sentencia impugnada y calificar el hecho de la causa 20226/2025 como un robo doblemente agravado, por haber sido cometido con armas y por haberse provocado lesiones graves a la víctima, en grado de tentativa." "En definitiva, estimo que corresponde hacer lugar al recurso de casación interpuesto, casar la sentencia impugnada y calificar el hecho atribuido en la causa 20226/2025 como constitutivo del delito de robo doblemente agravado, por haber sido cometido con armas y por haberle provocado lesiones graves a la víctima, en grado de tentativa (artículos 42 y 166, incisos 1 y 2, del Código Penal); y, consecuentemente, disminuir tanto la pena aquí impuesta a Luna Olivo como la condena única dictada, en los términos reseñados."
- Disidencias relevantes: No consta voto en disidencia; la resolución es unipersonal y constituye la decisión de la Sala.

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