Legajo N° 1 - IMPUTADO: CHAMBI CRUZ, IGNACIO s/LEGAJO DE CASACION
El Ministerio Público Fiscal desistió del recurso de casación contra la declaración de inconstitucionalidad de arts. 56 bis, inc. 10) de la ley 24.660 y 14, inc. 10) del Código Penal en favor de Ignacio Chambi Cruz. La Cámara Federal de Casación Penal tuvo por desistido el recurso interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal y ordenó su remisión al tribunal de origen, sin costas.
¿Quién es el actor?
Representante del Ministerio Público Fiscal (Fiscal de Casación/ Fiscal General de la Cámara actuante).
- Demandado / sujeto de la impugnación: Sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 1 de Rosario que declaró la inconstitucionalidad a favor de Ignacio Chambi Cruz.
- Objeto del recurso: Recurso de casación deducido por el Ministerio Público Fiscal contra la decisión que resolvió “DECLARAR la inconstitucionalidad de los artículos 56 bis, Inc. 10) de la ley 24.660 y 14, inciso 10) del Código Penal, ambos textos según redacción de la ley n° 27.375, en favor de Ignacio Chambi Cruz”.
¿Qué se resolvió?
Se tuvo por desistido el recurso de casación deducido por el representante del Ministerio Público Fiscal y se dispuso remitir las actuaciones al tribunal de origen, sin costas, conforme a los arts. 443, 530 y 532 del CPPN. Fundamentos principales (textos transcritos del fallo): "Que conforme surge del escrito presentado, el señor Fiscal General de esta Cámara Javier de Luca, desistió del recurso de casación deducido por su antecesor, contra la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 1 de Rosario que resolvió: '1) DECLARAR la inconstitucionalidad de los artículos 56 bis, Inc. 10) de la ley 24.660 y 14, inciso 10) del Código Penal, ambos textos según redacción de la ley n° 27.375, en favor de Ignacio Chambi Cruz'." "Que en virtud de lo dispuesto en el art. 443, tercer párrafo, del ritual, corresponde tener por desistido el recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal; sin costas (arts. 443, 530 y 532 CPPN)." Voto concurrente (fundamento adicional del juez Yacobucci): "Sin perjuicio de advertir que el recurso de casación interpuesto por el Representante del Ministerio Público Fiscal de la instancia resultaba fundado, debo concluir que la posibilidad de evaluar esa situación anómala se encuentra vedada por estrictas reglas procesales, en atención al desistimiento del recurso emitido por el Fiscal de Casación. Por ello, comparto la solución propuesta. Así voto." Disidencias: No consta voto en disidencia; se deja constancia de que el juez Alejandro W. Slokar no suscribe por hallarse en uso de licencia.
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