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Incidente Nº 2 - QUERELLANTE: PROCURACIÓN PENITENCIARIA DE LA NACIÓN IMPUTADO: MACIEL RICARDO ADRIAN s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA

La defensa de Ricardo Adrián Maciel impugnó el rechazo del pedido de prisión domiciliaria fundado en enfermedad y en el cuidado de su nieta. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación y confirmó la decisión del juez de ejecución, ordenando además que el Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz garantice la atención médica periódica y el tratamiento adecuado del condenado.

Casacion Interes superior del nino Salud Prision domiciliaria Camara federal de casacion penal Ejecucion penal Diabetes insulinodependiente Art. 32 ley 24.660 Art. 10 c.p. Tutela medica en carceles


- Actor (quién demanda): Defensa particular de Ricardo Adrián Maciel (recurriente).

¿A quién se demanda?

Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de San Martín (decisión recurrida)/Estado en su función de ejecutar la pena.
- Objeto de la demanda: Se solicitó prisión domiciliaria para Maciel por su estado de salud (hipertensión y diabetes tipo II insulinodependiente) y por ser cuidador de su nieta de 8 años; se impugna el rechazo de ese pedido.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa; además, se encomendó a las autoridades del Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz que tomen las medidas necesarias para asegurar el control periódico del estado de salud de Maciel y que reciba la atención médica y el tratamiento adecuado según sus patologías; se dejó la reserva del caso federal. (La Cámara confirmó la suficiencia de la fundamentación del a quo y consideró que no se acreditan los presupuestos de los arts. 10 CP y 32 ley 24.660 para conceder la prisión domiciliaria.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En definitiva, con este marco conformado por las circunstancias específicas del caso, estudiado en su integralidad, los argumentos expuestos por el tribunal lucen acertados para concluir como razonable, por el momento, la inaplicabilidad al caso bajo estudio de lo dispuesto en los incisos “a” y “f” de los artículos 10 del C.P. y 32 de la ley 24.660, por lo que corresponde confirmar la resolución impugnada." "Ello con el fin de asegurar el cumplimiento de las Recomendaciones emitidas por el Sistema Interinstitucional de Control de Cárceles sobre el Derecho a la salud y el acceso efectivo a la prestación de servicios de asistencia médica de las personas privadas de su libertad (Recomendación IV)." "…se concluye que Maciel 'puede recibir tratamiento en su lugar de alojamiento siempre que se garantice el cumplimiento de determinadas pautas asistenciales, controles médicos, provisión de medicación, seguimiento por especialistas y eventual derivación a centros de mayor complejidad cuando ello resulte necesario'."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia; los tres jueces (Hornos, Borinsky y Carbajo) adhirieron a la solución de confirmar el rechazo.

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