RODRIGUEZ PATRICIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU) y otros rubros previsionales contra ANSES. La Cámara confirmó la sentencia apelada, difirió para ejecución el cuestionamiento sobre topes de haberes y confirmó costas y honorarios según lo dispuesto.
¿Quién es el actor?
RODRIGUEZ PATRICIA.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios, en especial reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de topes de haberes (art. 9 Ley 24.463), impuesto a las ganancias, aplicación del precedente Makler respecto de aportes autónomos, tasa de interés y cuestionamientos relativos a la ley 27.609.
¿Qué se resolvió?
Se difiere para la etapa de ejecución el examen del cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; se confirma lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado (con las determinaciones previstas si la liquidación arroja sumas a favor del actor o, en caso contrario, su establecimiento en el orden causado), se confirma la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; costas por su orden en la Alzada; y se fijan honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo):
"Por lo expuesto, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de la Sala III “Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, contemplando asimismo el precedente “Quiroga” citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida. ... Así las cosas, para verificar la incidencia porcentual, la merma cuantificada será valorada teniendo en cuenta la diferencia entre la PBU reajustada y la inicial, en relación con el haber total del beneficio actual (PBUsr + PC + PAP —de caja o recalculado, según corresponda—), padezcan de ajuste o no las restantes prestaciones. Ello se multiplicará por cien y, determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis."
"Que respecto a la retención del impuesto a las ganancias, la CSJN ya se ha expedido ... por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."
"En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque "deja a salvo su opinión" respecto de varios puntos (señala, entre otros, que el análisis sobre PBU y la inconstitucionalidad deben efectuarse en ejecución), lo cual consta en el voto pero la decisión mayoritaria es la que figura en la parte resolutiva.
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