Logo

BERTORELLO, SANDRO DANIEL c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

Reclamo de retiro por invalidez contra la ANSeS por incumplimiento del reconocimiento del beneficio. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar al reclamo, declaró acreditada la incapacidad y ordenó a la ANSeS pronunciarse y, de corresponder, pagar la prestación en 30 días; además impuso costas y reguló honorarios por $312.660 (3 UMA).

Costas Honorarios Apelacion Seguridad social Cuerpo medico forense Uma Anses Retiro por invalidez Incapacidad previsional Ley 24.241


¿Quién es el actor?

BERTORELLO, SANDRO DANIEL.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Pedido de reconocimiento y otorgamiento del retiro por invalidez (art. 49 pto. 4 y art. 48 y cc. de la ley 24.241).

¿Qué se resolvió?

Se tuvo por acreditada la incapacidad exigida a los fines previsionales y se ordenó a la ANSeS que se pronuncie sobre el otorgamiento de la prestación pretendida y, de ser acordada, la haga efectiva dentro de los 30 días de quedar firme el pronunciamiento; se impusieron las costas por su orden y se regularon honorarios de la dirección letrada en $312.660 (3 UMA).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Que, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 49 punto 4 de la ley 24241, el Cuerpo Médico Forense produjo el informe de fecha 25.8.26, que en base a las consideraciones médico legales que desarrolla, concluye reconociendo la existencia de una incapacidad laborativa a los fines previsionales del 70%." "Que, el informe en cuestión ha de ser tenido por válido y determinante de la verdad jurídica objetiva que permita decidir la cuestión planteada, habida cuenta de la seriedad del organismo del que emana y los amplios fundamentos en que se basa; máxime si se tiene presente que aquellos no resultan conmovidos por las observaciones formuladas por la parte demandada en oportunidad de contestar el traslado que de aquel se le corriera a las partes." "Que en virtud de lo dictaminado, contrariamente a lo decidido por la C.M.C., corresponde declarar que quien demanda reúne las condiciones exigidas por el inciso a) del art. 48 de la ley 24241 para acceder al beneficio de retiro por invalidez." No consta voto en disidencia; el bloque final expresa la decisión de la Cámara y prevalece sobre propuestas individuales.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar