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CORREA, CARLOS GASTON Y OTROS c/ EN-M DEFENSA-EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores reclamaron la regulación de honorarios por representación letrada en causa por personal militar y civil de las FFAA. La Cámara confirmó la regulación apelada y fijó honorarios por la labor en alzada en 6,20 UMA ($646.164) y por contestación de recurso extraordinario en 5,17 UMA ($538.817).

Honorarios Apelacion Regulacion de honorarios Ejecucion Personal militar Uma Iva Ley 27423 Ministerio de defensa Resol. sga 1930/2026


¿Quién es el actor?

Correa, Carlos Gastón y otros.

¿A quién se demanda?

EN-M Defensa
- Ejército (Ministerio de Defensa), en causa s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG.
- Objeto de la demanda: regulación y liquidación de honorarios profesionales por la dirección letrada y representación de la parte actora.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la regulación apelada respecto de los honorarios fijados al Dr. Pablo I. Tommasi; además, fijó por la labor desarrollada ante la Alzada los honorarios en 6.20 UMA (equivalente, a la fecha, a $646.164) y por la contestación del recurso extraordinario en 5.17 UMA (equivalente, a la fecha, a $538.817). Se aclaró que los importes no incluyen IVA, que deberá depositar la obligada si se acredita la condición de responsable inscripto.
- Fundamentos principales (transcripción de los pasajes relevantes): "En función de la naturaleza del juicio, teniendo en consideración la calidad, eficacia y extensión de la tarea desarrollada, el resultado del proceso y el monto del juicio (ver liquidaciones aprobadas en fechas 27/11/20, 19/11/21, 24/8/22, 2/12/22, 26/3/25 y sentencia de ejecución de fecha 25/2/25), corresponde CONFIRMAR la regulación apelada respecto de los honorarios fijados al Dr. Pablo I. Tommasi, por la dirección letrada y representación legal de la parte actora, toda vez que los mismos han sido practicados conforme a derecho (conf. arts. 19, 21, 24, 29, 51 y ccdtes.de la ley 27423 y Resol. SGA 1930/2026)." "Asimismo, por su labor desarrollada ante esta Alzada, corresponde fijar los honorarios del mencionado profesional, en 6.20 UMA, que equivale -al día de la fecha
- a la suma de $646.164(conf. Arts. 16, 19, 29, 30, 51 y ccdtes.de la ley 27423 y Resol. SGA 1930/2026)." "Por último, por la contestación del recurso extraordinario interpuesto, que fuera resuelto por esta Sala el 21/11/2019, corresponde fijar los honorarios del Dr. Tommasi en 5.17 UMAs equivalente -al día de la fecha
- a $538.817 (conf. arts. 16, 19, 20, 21, 30, 51 y ccdtes. de la ley 27423 y Resol. SGA 1930/2026)."
- Disidencias relevantes: no se consignan votos disidentes en el texto transcripto; la resolución se presenta como acordada por la Sala.

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