JAGER, , GUIDO MARTIN c/ EN-ANAC-LEY 27275 s/AMPARO LEY 16.986
El actor solicitó acceso a información pública de ANAC sobre actas e informes vinculados a Flybondi. La Cámara hizo parcialmente lugar a la apelación de la actora ordenando a ANAC entregar la información del expediente EX-2025-69336669-APN-DNPAIP#AAIP y confirmó la decisión de primera instancia en los demás expedientes, imponiendo costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Guido Martín Jager.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).
- Objeto de la demanda: acción de amparo para obtener acceso a información pública (actas, actas de inspección, órdenes y expedientes) relativas a la empresa Flybondi en varios Expedientes Administrativos (EX-2025-69336669, EX-2025-16114339, EX-2025-41300337, EX-2025-56198878 y EX-2025-89745045-APN-DNPAIP#AAIP) correspondientes al período 2018 a junio de 2025.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la actora y se revocó el pronunciamiento apelado en cuanto rechazó la acción respecto del Expediente Administrativo EX-2025-69336669-APN-DNPAIP#AAIP, ordenando a la ANAC que, en el plazo de 10 días, entregue la información allí requerida por el Sr. Jager; se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y se confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto hizo lugar a la acción intentada respecto de los Expedientes Administrativos EX-2025-16114339-APN-DNPAIP#AAIP, EX-2025-41300337-APN-DNPAIP#AAIP, EX-2025-56198878-APN-DNPAIP#AAIP y EX-2025-89745045-APN-DNPAIP#AAIP; se impusieron las costas de ambas instancias a la parte demandada vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) "La Ley N° 27.275 de acceso a la información pública, prevé la vía del amparo para impugnar judicialmente la denegatoria de la información (art. 14) ... el derecho de acceso a la información pública se relaciona con la transparencia y la publicidad de la gestión de gobierno, pilares fundamentales..."
2) "La respuesta brindada -respecto a que no se encontró 'acta alguna por accionares presuntamente irregulares cometidas por la empresa Flybondi, que no hayan sido oportunamente giradas a la Dirección de Infracciones Aeronáuticas'-, aparece insuficiente."
3) "La negativa exige justificar concretamente la excepción legal invocada, evaluar alternativas menos restrictivas y ponderar el interés público comprometido. ... la carga de la prueba de la legitimidad de la restricción corresponde al organismo requerido y cuando se deniega una solicitud de información debe hacerse mediante una decisión debidamente fundamentada."
4) "La forma en que la demandada respondió a los requerimientos ... (alegando genéricamente la reserva o secreto, o que la información fue requerida en el marco de actuaciones penales) resulta incompatible con los principios de publicidad, máxima divulgación y transparencia, máximo acceso y buena fe (art. 1° de la Ley N° 27.275) e impiden al tribunal verificar si tal negativa es legítima o razonable..."
Disidencia relevante: No se registra voto en disidencia en el bloque final; lo resuelto corresponde al acuerdo de la Sala.
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