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CASCON, ANGEL TEODORO c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó la aprobación de una liquidación de créditos laborales contra el Estado Nacional por devengos e intereses. La Cámara Contencioso Administrativo Federal —Sala IV— hizo lugar al recurso, revocó la providencia apelada y ordenó nueva liquidación conforme a su precedente Campagnola, con las costas a la parte apelada.

Intereses Costas Estado nacional Cosa juzgada Revocatoria Liquidacion Credito laboral Camara contencioso administrativo federal Liquidacion de accesorios Campagnola


¿Quién es el actor?

Ángel Teodoro Cascón.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (EN
- M Seguridad / PFA / personal civil y militar de las FFAA y de seg).
- Objeto de la demanda: impugnación y solicitud de aprobación de liquidación de capital e intereses por créditos laborales (liquidación practicada y metodología de cálculo de intereses hasta su efectivo pago).

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar al recurso interpuesto por la actora y, en consecuencia, revocó la providencia apelada. Condenó en las costas a la parte apelada (art. 68, 2º párr., CPCCN).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "1º) Que, mediante providencia del 20/3/2026, el juzgado de primera instancia hizo saber al demandante que, en la medida en que la liquidación cuya aprobación solicitada no se ajustaba a los parámetros señalados por este Tribunal en su pronunciamiento del 12/12/2023, debía practicar una nueva liquidación con arreglo a lo allí resuelto. ... 3°) Que, conforme surge de las constancias de la causa:
- el 1°/2/2021, se digitalizó la liquidación practicada por el Estado Nacional, de la que se desprende que la demandada computó el capital hasta abril de 2017 e intereses hasta el 27/11/2020.
- el 5/4/2021, el juez de grado aprobó la liquidación por la suma de $791.739,93 “en concepto de capital e intereses de crédito laboral correspondiente al actor Ángel Teodoro Cascón… hasta Abril de 2017”.
- el 13/9/2023, el actor calculó los intereses devengados entre la fecha en que se practicó la liquidación aprobada (27/11/2020) y su efectivo pago (27/7/2023) por el importe de $1.467.731,72. En esa oportunidad, precisó que “1) tomará como capital neto mensual que surge de la liquidación de autos, 2) recalculará los intereses desde que cada suma era debida hasta la fecha de su efectivo pago, y 3), por último, descontará de los intereses ‘hasta el efectivo pago’ los intereses históricos ya abonados, lo cual arrojará los intereses adeudados”." "4°) Que, en atención a los términos de la resolución del 12/12/2023 y toda vez las cuestiones planteadas con relación a la metodología de cálculo de los accesorios resultan sustancialmente análogas a las examinadas por este Tribunal en el marco de la causa 4516/2021, “Campagnola, Luis María c/ EN
- M Defensa
- RPIDFA
- dto 1336/05 Y 210/17 s/ personal militar y civil de las FFAA y de seg”, sentencia del 3/12/2024 —a las que cabe remitirse por razones de brevedad y a fin de evitar innecesarias reiteraciones—, corresponde hacer lugar al recurso deducido por el actor."
- Votos/disidencia: la resolución final consta como acuerdo del Tribunal (firmado por los tres magistrados), sin disidencias expresadas en la parte dispositiva.

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