Incidente Nº 1 - ACTOR: BEZMALINOVICH, HENRY ENZO DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
Reajustes de haberes previsionales y ejecución de sentencia contra ANSES: la Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia que aprobó la planilla practicada y ordenó la ejecución. La Cámara sostuvo la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos y confirmó la regulación de honorarios y la imposición de costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
BEZMALINOVICH, HENRY ENZO.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Ejecución de sentencia y reajustes varios (aprobación de planilla practicada y liquidación de retroactivos).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario, Sala B, confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; confirmó la regulación de honorarios de la representación de la actora; reguló los honorarios de los profesionales de la alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia; e impuso las costas de la instancia a la demandada vencida.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En cuanto al agravio del impuesto a las ganancias en lo que se refiere al retroactivo de capital e intereses, entendemos que debe confirmarse lo dispuesto en la sentencia apelada en cuanto a declararse su inaplicabilidad, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas “García, Marta Susana c/ ANSeS s/ reajustes varios” y “Dattorre, Manuel Víctor s/ ANSeS s/ reajustes varios”, del 10 de septiembre 2020 y “Villamayor, Homero Jorge c/ ANSeS s/ reajustes varios”, del 17 de septiembre 2020 y receptado en igual sentido por el plenario de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta en autos “PERCIVALDI, Roberto René c/ ANSeS s/ Apela Resolución” Expte. N° 31000160/2009, del 29 de diciembre de 2020, donde se resolvió que los retroactivos adeudados por la Administración Nacional de la Seguridad Social por reajustes ordenados en sentencias judiciales no resultan ser ganancias gravadas, de conformidad con las disposiciones de la ley 20.628."
"En relación a los honorarios regulados a la representación de la parte actora, que actuó en doble carácter, tratándose en autos de la ejecución de una sentencia previsional que es susceptible de apreciación pecuniaria (art. 16 inc. a), se tiene en cuenta la planilla, practicada y aprobada, en los términos de los arts. 22 y 24 de la ley. Conforme a ello, considerando la reducción de la escala del art. 21 (art. 41), las etapas cumplidas (art. 29 inc. f), así como las labores profesionales concretamente llevadas a cabo por la representación de la parte actora, se advierte que lo regulado se encuentra entre los porcentajes previstos en la escala arancelaria y es adecuado, correspondiendo por tanto, su confirmación."
"Las costas de esta instancia se imponen a la demandada sustancialmente vencida (arts. 68 del CPCCN y 36 de la ley 27.423)."
- Votos: la decisión fue acordada por mayoría; la Dra. Elida I. Vidal sostuvo los fundamentos principales y la Dra. Silvina M. Andalaf Casiello y el Dr. Aníbal Pineda adhirieron en lo sustancial.
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