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SOSA, HECTOR HORACIO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor demandó a ANSES por reajustes previsionales derivados de la movilidad. La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata hizo parcialmente lugar al reclamo, declaró inconstitucional el art. 1º de la Ley 27.609 y ordenó aplicar el Índice de Precios al Consumidor del INDEC, confirmando el resto de la sentencia y imponiendo las costas a la vencida.

Costas Inconstitucionalidad Pago a cuenta Seguridad social Anses Reajuste de haberes Ley 27.609 Indice de precios al consumidor (indec) Bono refuerzo Precedent gimenez


¿Quién es el actor?

SOSA, HECTOR HORACIO.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes de haberes previsionales y aplicación del precedente "Giménez", impugnación de la constitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y otros extremos (bonos extraordinarios, exención del impuesto a las ganancias, costas). El actor adquirió el beneficio previsional el 27/01/2022.

¿Qué se resolvió?

Se hizo parcialmente lugar al agravio de la parte actora, declarando la inconstitucionalidad e inaplicabilidad al caso del art. 1º de la ley 27.609 y disponiendo que, en su lugar, deba estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC; se aclaró que los incrementos otorgados por Decretos bajo rótulos como “Bono Refuerzo” o “Ayuda económica Previsional” que fueran superiores a dicho índice se considerarán pagos a cuenta y, de resultar una deducción negativa, deberá consignarse cero. Se confirmó el resto de la sentencia apelada y se impusieron las costas de ambas instancias a la vencida. Fecha de firma: 21/09/2026.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Con relación a los agravios vinculados con la aplicación del precedente 'Giménez' para el reajuste por movilidad y el tratamiento de inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, cabe remitir en este caso a los fundamentos expresados por ésta Alzada en los autos: 'CORTEZ, JUAN DANIEL c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES, 7319/2023, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 007319/2023/CA001 Fecha: 16/04/2026', que pasan a formar parte en lo pertinente del presente resolutorio. Con ello corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC." "I.
- HACER parcialmente LUGAR al agravio de la parte actora y con ello DECLARAR la INCONSTITUCIONALIDAD e INAPLICABILIDAD al caso de Autos, del art. 1º de la ley 27.609, y en su lugar deberá estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC, no obstante he de establecer que aquellos períodos en los que el incremento otorgado mediante Decreto en calidad de 'Bono Refuerzo' o 'Ayuda económica Previsional' entre otros rótulos adjudicados a los aumentos de compensación más ley 27.609, fueran superiores al mencionado índice deberán ser considerados como pago a cuenta y si de la deducción resulta un número negativo deberá consignarse cero como resultado a liquidar."
- Disidencias: No consta votación en disidencia; el Dr. Santiago J. Martin se encuentra excusado.

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