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RIOS, JULIO ANDRES c/ PROVINCIA ART S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Reclamó el actor reparación por accidente de trabajo y enfermedad profesional por lesión de hombro izquierdo. El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°69 rechazó la demanda en todas sus partes por falta de elementos suficientes para imputar la responsabilidad a la empleadora y a la aseguradora, aunque reconoció una incapacidad parcial y permanente del 9,76% de la Total Obrera.

Costas Honorarios Accidente de trabajo Peritaje medico Enfermedad profesional Responsabilidad del empleador Nexo de causalidad Ley 24.557 Incapacidad permanente 9 76% to Rechazo de cobertura art


¿Quién es el actor?

RÍOS, JULIO ANDRÉS.
- Demandados: PROVINCIA ART S.A. (aseguradora) y CURTIEMBRES FONSECA S.A. (empleadora).
- Objeto de la demanda: cobro por accidente y enfermedad profesional y reparación integral de daños derivados de un siniestro ocurrido el 03/11/2017 (lesión en hombro izquierdo atribuida a manipulación de cueros).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó en todas sus partes la acción intentada por RÍOS JULIO ANDRÉS contra PROVINCIA ART S.A. y CURTIEMBRES FONSECA S.A.; se impusieron las costas en el orden causado y las comunes por mitades; y se regularon honorarios para la representación letrada y peritos según lo consignado.
- Fundamentos principales (transcripción literal de los pasajes más relevantes): "Por todo lo anteriormente expuesto considero que el actor presenta una incapacidad física parcial y permanente del 8% de la Total Obrera por su secuela traumático funcional de hombro izquierdo (derivada de una lesión del músculo supraespinoso del manguito rotador). Esta secuela se encuentra clínicamente consolidada y mantiene razonable relación de causalidad con el accidente denunciado. Factores de ponderación: Total de incapacidad parcial y permanente: 8% Factores de ponderación: 10% por dificultad alta para realizar tareas habituales, 10% por ameritar recalificación y 2% por edad mayor de 31 años. Total factores de ponderación: 22%. Total incapacidad parcial y permanente: 8% más 22% ………………………9,76%". "No encuentro ningún elemento suficiente para imputarle responsabilidad a la empleadora por la enfermedad de trabajo que el actor invoca." "En consecuencia, no habiendo logrado acreditarse que los daños que encontró el médico en el cuerpo del actor, puedan ser atribuidos a las codemandadas en los términos de la ley de riesgos, corresponde rechazar la demanda en todas sus partes, lo que así decido."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la decisión es del juez de primera instancia que firma la sentencia.

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