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CASCO JOSE ADALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional por la falta de movilidad y la actualización de remuneraciones para el cálculo de su PBU, PC y PAP. El Juzgado hizo lugar parcialmente al reclamo: declaró prescrita parte de la pretensión, ordenó el recálculo del haber y pago de retroactivos según las pautas fijadas (cálculo Badaro y demás criterios) y declaró inconstitucional la limitación de la Resolución SSS 6/09 en cuanto impone tope a las actualizaciones.

Inconstitucionalidad Pension Retroactivos Pbu Badaro Movilidad previsional Prestacion compensatoria Pap Resolucion sss 6/09 Prescripcion art. 82 l.18037


¿Quién es el actor?

Casco José Adalberto.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haber previsional (PBU, Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (leyes 24.241, 24.463, 27.426 y reglamentaciones, entre ellas Resolución SSS 6/2009) y pago de retroactivos; pedido de cómputo de aportes autónomos y actualización de remuneraciones.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se declaró haber operado prescripción conforme art. 82 ley 18.037 en la medida que se expone en los considerandos; se ordenó a ANSES a recalcular el haber y abonar los retroactivos conforme las pautas fijadas en el fallo dentro de 120 días; se difirió el examen del art. 9 de la ley 24.463 para la ejecución; se disponen pagos íntegros sin quita alguna y se impusieron las costas a la demandada. Además, se declaró inconstitucional el artículo 14.2 de la Resolución SSS 6/09 en cuanto fija tope a la actualización de remuneraciones.
- Fundamentos principales (transcripción literal de párrafos relevantes): 1) "Por lo expuesto corresponde efectuar el siguiente cálculo: PBU (reajustada) – PBU (sin reajustar) = “X”. A ese importe “X” dividirlo por el HABER INICIAL REAJUSTADO según sentencia: (PBU (sin reajustar) + PC (reajustada) + PAP (reajustada) = “XX” importe que multiplicado por 100 arroja finalmente el porcentaje % correspondiente, el cual deber ser mayor a 15." 2) "El interesado en la declaración de inconstitucionalidad de una norma debe demostrar claramente de qué manera ésta contraría la Constitución Nacional, causándole de ese modo un gravamen, y para ello es menester que precise y acredite fehacientemente en el expediente el perjuicio que le origina la aplicación de la disposición, resultando insuficiente la invocación de agravios meramente conjeturales” (CSJN Moño Azul SA s/Ley 11683, Fallos 316:687)." 3) "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto."
- Disidencias: no hay votos ni disidencias consignados; la sentencia es de la Jueza Federal Subrogante que firma.

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