MACRINO MARIA ESTHER c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
La actora promovió acción de amparo contra ANSeS solicitando la eliminación del descuento aplicado por el art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 sobre su haber jubilatorio y la restitución de las sumas retenidas. El Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº6 hizo lugar al amparo, declaró inaplicable el art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 al régimen docente y ordenó el pago del haber sin la deducción y la restitución de las sumas descontadas con intereses en 30 días, más costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
MACRINO MARIA ESTHER (la actora/titular del beneficio jubilatorio).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Acción de amparo para que se declare la inaplicabilidad del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 al régimen jubilatorio docente (Ley 24.016/Decreto 137/05), se ordene la inmediata suspensión de los descuentos sobre su haber de jubilación, y la restitución de las sumas ya descontadas con más intereses; además, la exención de retención por impuesto a las ganancias sobre las retroactividades correspondientes.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción de amparo. Se declaró la inaplicabilidad del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 al caso de la actora y se dispuso que ANSeS abone el beneficio jubilatorio de la titular sin la deducción prevista en esa norma; asimismo, se ordenó la liquidación y restitución de las sumas descontadas, con más sus intereses, en el término de treinta (30) días. Se impusieron las costas a la demandada y se diferirió la regulación de honorarios. Se admitió la prescripción respecto de créditos anteriores a los dos años anteriores a la demanda y se declaró la exención de retención por impuesto a las ganancias sobre las retroactividades.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"La procedencia de la acción entablada tiene su fundamento en la eventual lesión a derechos y garantías reconocidos por la Constitución Nacional... la acción de amparo interpuesta es formalmente procedente."
"la Corte Suprema de Justicia de la Nación se expidió en el caso 'Gemelli, Esther Noemí c/ANSeS s/reajustes por movilidad'... afirmando que el régimen jubilatorio de la ley 24.016 ha quedado sustraído de las disposiciones que integran el sistema general reglamentado por las leyes 24.241 y 24.463, con el que coexiste, manteniéndose vigente con todas sus características."
"En virtud de lo anterior, corresponde ordenar a la demandada que abone el haber de jubilación de la actora sin aplicación del tope alguno, y restituya las diferencias descontadas, con más los intereses generados desde que cada suma fue debida y hasta su efectivo pago, conforme a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. CSJN 'Spitale, Josefa Elida' en Fallos 327:3721)."
"Con respecto al impuesto a las ganancias... declarar exentas de dicha retención a las retroactividades que surjan en favor de la parte actora."
"Con relación a la excepción de prescripción opuesta por la demandada, corresponde su admisión con relación a los créditos originados con anterioridad a los dos años previos a la interposición de la presente acción (conf. art. 82 de la ley 18.037)."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el bloque dispositvo final.
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