B., M. G. c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO DE SALUD
Amparo de salud por afiliada que reclama insulina degludec, sensor FreeStyle Libre y tiras reactivas. El Juzgado hizo lugar al amparo y condenó a la obra social a otorgar cobertura total e ininterrumpida al 100% de esos insumos conforme prescripción médica, con costas a la demandada y honorarios de 30 UMAS.
¿Quién es el actor?
Sra. B., M. G.
¿A quién se demanda?
Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación.
- Objeto de la demanda: Acción de amparo para que la obra social provea de forma inmediata e ininterrumpida la insulina degludec (Tresiba 200 u/ml, lapiceras x3 x3 ml), medidor/sensor FreeStyle Libre y tiras reactivas Accu-Chek Guide x50, conforme prescripción médica.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción de amparo; se condenó a la obra social a otorgar ininterrumpidamente la cobertura total (al 100% de su costo) de la insulina degludec, del sensor FreeStyle Libre y de las tiras reactivas Accu-Chek Guide, conforme la prescripción médica de fecha 02.12.2025 y por el tiempo que determine la médica tratante. Se impusieron las costas a la demandada y se reguló honorarios por 30 UMAS ($3.126.600).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"En virtud de lo expuesto, corresponde admitir la pretensión formulada, teniendo en cuenta la irregularidad con que la demandada asumió las obligaciones derivadas de las prestaciones requeridas por la actora, por lo que su conducta no fue ajustada a derecho y encuadra en la calificación de 'ilegalidad o arbitrariedad manifiesta' que requiere el art. 1 de la ley 16.986, que determinó la necesidad de iniciar la presente acción para que se reconozcan los derechos expresamente establecidos en la Constitución Nacional y demás normas anteriormente citadas."
"Las prestaciones que los agentes del seguro de salud deben brindar a sus beneficiarios deben ser satisfechas de manera total... de manera que no es dudosa la procedencia del reclamo incoado, habida cuenta que la demandada no brindo de manera permanente y continua la medicación requerida y a la que se encuentra obligada."
"Se halla acreditado que la amparista tiene diagnóstico Diabetes Mellitus Insulinodependiente y que se le ha recetado para su tratamiento, las insulinas objeto de autos, sensor y tiras reactivas, conforme surge de la prescripción médica actualizada, acompañada con el escrito de inicio."
- Disidencias: No existen votos ni disidencias en el expediente; la decisión es del juez de la causa.
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