Logo

G, N V c/ OSECAC s/AMPARO DE SALUD

La actora demandó a OSECAC solicitando cobertura integral de la internación en la Residencia Villa Sol por su condición de persona con discapacidad y dependencia total. El Juzgado hizo lugar parcialmente al amparo y ordenó a OSECAC cubrir el costo de la internación conforme al módulo Hogar Permanente, Categoría A con el 35% por dependencia y los límites y condiciones fijados en el considerando 7, imponiendo las costas a la obra social.

Discapacidad Salud Amparo Costas y honorarios Residencia geriatrica Internacion Obras sociales Ley 24.901 Hogar permanente categoria a Dependencia 35%

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Sra. N. V. G., afiliada, de 84 años, persona con discapacidad (Certificado Único de Discapacidad). Demandado: Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Afines (OSECAC). Objeto: Cobertura integral —100%— de la internación en la Residencia "Villa Sol" y medida cautelar (ya otorgada) para la continuidad de la internación. Decisión: Se hace lugar parcialmente a la acción de amparo y se ordena a OSECAC brindar cobertura del costo de la internación en la Residencia "Villa Sol" con los alcances del considerando 7, conforme lo prescripto por su médico tratante; se imponen las costas a la demandada y se regulan honorarios de la letrada de la actora en 20 UMA ($2.084.400).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Sentado lo expuesto, teniendo en cuenta la patología que padece la amparista, como así también las circunstancias expuestas y las prestaciones que la paciente recibe donde se encuentra institucionalizada, justifican, a mi entender, brindar la cobertura más amplia en mérito del estado de salud de la actora (conf. CNCCFed, Sala II, causa n° 11.762/18 del 16/08/19)." "En efecto, el principio interpretativo rector en esta materia es la integralidad en el cumplimiento de la prestación asistencial, que indica que la prestación debe ser ejecutada del modo más eficaz e idóneo para satisfacer las condiciones mínimas acordes con las necesidades del discapacitado, en un determinado momento histórico, y en relación a la situación particular de cada afiliado (conf. CNCCFed., Sala III, causa n° 8945/11 del 28/10/14)." "Por otro lado, cabe señalarse que la prestación requerida de internación se encuentra prescripta en la normativa aplicable, por cuanto la citada ley 24.901 contempla la cobertura amplia de las prestaciones asistenciales ... de acuerdo a la prestación 'HOGAR PERMANENTE, Categoría "A", con más el porcentaje que prevé en concepto de dependencia (35%)...' límite que entiendo prudente fijar, por cuanto la actora no acreditó prima facie que ella o su grupo familiar no pueda afrontar económicamente –aunque sea en forma parcial– la diferencia del costo de la institución referida o alguna otra, que, en definitiva, resulte más económica, pues sólo invocó argumentos de carácter genérico (conf. CNCCFed., Sala III, causa n° 7459/14 del 27/12/16)."
- Disidencias: no se registra voto en disidencia en el pronunciamiento final.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar