CASTRO ROJAS, HENRY GUSTAVO c/ PACHAS, LUCAS ROLANDO JOSEPH s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor reclamó daños y perjuicios por lesiones sufridas en un choque vial. La Cámara modificó parcialmente la sentencia: fijó $10.000.000 por incapacidad, $4.000.000 por daño moral y $960.000 por tratamiento psicológico, y confirmó el resto de lo decidido.
¿Quién es el actor?
Henry Gustavo Castro Rojas.
¿A quién se demanda?
Rolando Joseph Pachas Lucas (y La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada fue citada en garantía).
- Objeto de la demanda: Reclamo de daños y perjuicios por lesiones sufridas en accidente de tránsito ocurrido el 4/11/2022.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala G, modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció por incapacidad $10.000.000, por daño moral $4.000.000 y por tratamiento psicológico $960.000; confirmó lo demás decidido y condenó en costas a las demandadas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"Por ello, como regla, ha de tomarse en consideración la disminución de la aptitud del demandante para realizar actividades productivas hasta la edad jubilatoria y las económicamente valorables hasta la de expectativa de vida según fuentes del INDEC... en función de todo lo dicho, habida cuenta de las condiciones personales del damnificado a la fecha del hecho: 40 años, soltero, con una hija, con domicilio en esta ciudad, sin ingresos debidamente acreditados por lo que tomaré como pauta referencial el salario mínimo, vital y móvil... estimo que corresponde determinar esta partida en $ 10.000.000."
"En consecuencia, valorando lo habitualmente fijado en casos similares por esta sala, las mencionadas condiciones personales y sociales del damnificado, el padecimiento que cabe presumir por el accidente en sí y las secuelas mencionadas, propicio establecer este tópico en $ 4.000.000."
"La partida atinente al tratamiento psicoterapéutico... se sugiere tratamiento durante 6 meses, con una frecuencia de una sesión por semana... postulo fijar $ 960.000 para este rubro a valores al tiempo de la sentencia apelada."
- Otros fundamentos relevantes:
"En el caso, la sentencia decidió que debían liquidarse a una tasa del 8% desde el suceso hasta la sentencia y a partir de entonces a la tasa activa cartera general... estimo que se configura la salvedad prevista... y debe aplicarse, como decidió la sentencia, la tasa del 8% anual a partir de la fecha del siniestro hasta el pronunciamiento de grado y desde allí la activa fijada."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; ambos Jueces votaron en el mismo sentido.
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