INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE JUZGADO DE GARANTÍAS N° 4 -LA PLATA- Y JUZGADO DE GARANTÍAS N° 3 -MAR DEL PLATA-
Incidente de competencia entre Juzgados de Garantías por IPP relacionadas a hechos con inicio en Mar del Plata. La Cámara declaró competente al Juzgado de Garantías N°3 de Mar del Plata al entender que el delito investigado ha tenido su principio de ejecución en el Partido de Mar del Plata y aplicar el art. 29 del C.P.P.
Actor: Juzgado de Garantías N°3 de Mar del Plata (resistió la remisión y planteó la controversia). Demandado: Juzgado de Garantías N°4 de La Plata (declinó y remitió las actuaciones). Objeto: Incidente de competencia por la atribución territorial para entender en las IPP N°06-04-705-25 y 02-00-46838-25, respecto de si corresponde la competencia al Departamento Judicial Mar del Plata o a La Plata. Decisión: Declarar competente al Juzgado de Garantías N°3 de Mar del Plata para seguir entendiendo en las actuaciones; disponer registro, notificación y remisión al órgano de intervención con comunicación a su par de La Plata.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- "El Titular del Juzgado de Garantías N°4 de La Plata declinó su competencia para entender en las presentes actuaciones, por considerar que la competencia territorial correspondía a los órganos jurisdiccionales del Departamento Judicial Mar del Plata, en atención a que el evento materia de investigación habría acaecido en dicha jurisdicción."
- "La señora Fiscal de Casación, Daniela E. Bersi, expresó que lleva razón el magistrado que declina la competencia, pues el delito investigado ha tenido su principio de ejecución en el Partido de Mar del Plata, ámbito territorial del Departamento Judicial Mar del Plata, y por expresa aplicación del art. 29 del C.P.P, corresponde a este último continuar con la investigación."
- "Entiendo que en esta causa debe seguir entendiendo la Magistrada a cargo del Juzgado de Mar del Plata. Para ello tengo en consideración la regla general de competencia establecida en el art. 29 del ordenamiento ritual que dispone que intervendrán los órganos del Departamento Judicial donde se hubiere cometido el delito. En el caso, se ha alcanzado un grado de conocimiento suficiente como para situar la comisión del hecho materia de investigación en dicha demarcación territorial."
- Texto del dispositivo final (transcripción): "DECLARAR COMPETENTE al Juzgado de Garantías N°3 de Mar del Plata, para seguir entendiendo en las presentes actuaciones. Artículos 20, 29, 33 penúltimo párrafo, 35 y ccdtes. del C.P.P. Regístrese, notifíquese y remítase al órgano de intervención, con comunicación a su par de La Plata."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: