RODRIGUEZ ELIDA CLAUDIA C/ SUCESORES DE LARREA JOSE MIGUEL S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA
La actora promovió una prescripción adquisitiva larga sobre inmuebles y solicitó aclaración/ampliación de la sentencia para permitir su inscripción. La Cámara hizo lugar al incidente y precisó los planos de mensura (nros. 007-0068-2016 y 007-0069-2016) que corresponden a los bienes objeto del fallo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: RODRIGUEZ ELIDA CLAUDIA.
Demandado: SUCESORES DE LARREA JOSE MIGUEL.
Objeto: Prescripción adquisitiva larga sobre inmuebles y, en esta instancia, aclaración/ampliación de la sentencia para posibilitar la inscripción registral.
Decisión: La Cámara hizo lugar al pedido de aclaración/ampliación de la sentencia de fecha 08/10/2019 y precisó los planos de mensura que identifican los bienes objeto del pronunciamiento.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Más allá de encontrarse largamente vencido el plazo con el que contaba el recurrente para peticionar que se aclare la sentencia (art. 267 CPCC), cabe recordar que los jueces pueden corregir errores o aclarar conceptos oscuros, siempre que no se altere lo sustancial de la decisión o se supla cualquier omisión en que se hubiese incurrido sobre alguna de las pretensiones deducidas y discutidas en el litigio (doctr. arts. 36 inc. 3, 166 inc. 2 y 267 CPCC; SCBA, C. 93.741, "Domingo Ciancio S.R.L.", res. del 23/05/2007; C. 102.248, "Denesiuk", res. del 30/03/2011).
En función de lo apuntado y al sólo efecto de facilitar el efectivo cumplimiento del fallo dictado a fs. 174/178 -mediante la inscripción en el respectivo Registro-, es propicio detallar los datos del plano de mensura sobre el que se apoyó la pretensión.
Consecuentemente doy mi voto por la afirmativa"
"Atento el resultado arribado en el tratamiento de la primera cuestión, corresponde aclarar el fallo de fs. 174/178, individualizándose los plano de mensura empleados para la presente prescripción adquisitiva (art. 36 inc. 3 CPCC)."
Sentencia (parte dispositiva): "AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: Que en el acuerdo precedente ha quedado resuelto que la sentencia dictada en fecha 08/10/2019 debe ser ampliada (art. 36 inc. 3 CPCC). POR ELLO, precísese que los bienes objeto de autos guardan correlato con los planos de mensura nro. 007-0068-2016 (Cir. II; Secc. D; Mza. 330 gg; Parc. 6; Partida 13.380) y nro. 007-0069-2016 (Cir. II; Secc. D; Mza. 330 gg; Parc. 7; Partida 79.430). Notifíquese y devuélvase."
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