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CARDOZO ELISABETH DEL CARMEN Y OTROS C/ LA CAJA DE AHORRO Y SEGURO S.A Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ. ESTADO (USO AUTOM.C/LES. O MUERTE)

Demanda por daños y perjuicios derivados de un siniestro vial con fallecimiento del conductor de una motocicleta. La Cámara confirmó la responsabilidad del conductor del Toyota Yaris y de los titulares/aseguradora, pero modificó las indemnizaciones patrimoniales y extrapatrimoniales, elevando los montos y fijando pautas de intereses y límite de cobertura.

Accidente de transito Dano moral Intereses Danos y perjuicios Responsabilidad civil Valor vida Homicidio culposo Apelacion. Seguro y limite de cobertura Amortizacion de rentas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Elisabeth del Carmen Cardozo (por derecho propio y en representación de su hija menor Abigail Priscila Cifuentes), junto con Cristina Belén Cifuentes, Rocío Macarena Cifuentes y Mateo Ariel Cifuentes. Demandado: Mario John Alberto Muñoz Cid; Diego Leonel Muñoz Delgado; Lucía Inés Rossi; y La Caja de Ahorro y Seguro S.A. (citada en garantía). Objeto: reparación de daños y perjuicios por el fallecimiento de Rubén Oscar Cifuentes a raíz de un accidente de tránsito ocurrido el 15/09/2022. Decisión: la Cámara confirmó la atribución exclusiva de responsabilidad al conductor del Toyota Yaris (Mario J. A. Muñoz Cid) y extendió la condena a Diego L. Muñoz Delgado, Lucía I. Rossi y a la aseguradora (con el límite del seguro vigente al momento de la sentencia). Modificó la cuantificación del daño patrimonial y extrapatrimonial: elevó el valor vida de Elisabeth a $97.427.000 y de Abigail a $22.039.000; aumentó las indemnizaciones por daño moral a $30.000.000 para Elisabeth y Abigail, y $18.000.000 para cada uno de Cristina, Rocío y Mateo. Fijó intereses y costas de Alzada a cargo de la parte demandada y de la citada en garantía (con el límite del seguro).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "No se encuentra controvertido que el accidente se produjo a raíz de la maniobra desplegada por el conductor del automóvil Toyota Yaris al ingresar a la encrucijada sin respetar la prioridad de paso que asistía a la motocicleta conducida por Rubén Oscar Cifuentes. Tal conclusión encuentra suficiente sustento en las constancias incorporadas a la causa y resulta concordante con lo resuelto en sede penal, donde recayó sentencia condenatoria por homicidio culposo agravado respecto del conductor demandado (v. causa penal incorporada digitalmente el 5/12/23)." "Partiendo de esa plataforma y tomando como referencia orientativa las pautas salariales emergentes del Convenio Colectivo de Trabajo 76/75 de la industria de la construcción, corresponde establecer una entrada mensual de dinero equivalente a dos y medio Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, expresado a valores actuales (arts. 1744 CCCN; 165 y 384 del CPCC). ... Con lo que, la presente partida indemnizatoria correspondiente a Elisabeth del Carmen Cardozo totaliza $97.427.000 (pesos noventa y siete millones cuatrocientos veintisiete mil). Por su parte, para Abigail Priscila Cifuentes corresponde considerar un ingreso mensual computable de $282.450 ... Ello arroja la suma de $22.038.644,44 que redondeo en $22.039.000 (pesos veintidós millones treinta y nueve mil)." "POR ELLO, se resuelve: 1) confirmar la sentencia apelada en cuanto atribuyó exclusivamente la responsabilidad por el siniestro al conductor del vehículo Toyota Yaris XLS dominio AF517KC, señor Mario John Alberto Muñoz Cid por encuadrar su accionar en los arts. 1722, 1734, 1736 y 1757 CCCN, haciendo extensiva la condena Diego Leonel Muñoz Delgado, Lucía Inés Rossi y a La Caja de Ahorro y Seguro S.A. -con el límite del seguro vigente al momento del dictado de esta sentencia-. 2) Modificarla en lo que respecta al daño patrimonial, elevando la suma a favor de Elisabeth del Carmen Cardozo a $97.427.00 y la correspondiente a Abigail Priscila Cifuentes s $22.039.000 ... 3) Elevar las indemnizaciones por daño moral a $30.000.000 para Elisabeth del Carmen Cardozo; $30.000.0000 para Abigail Priscila Cifuentes; $18.000.000 para Cristina Belén Cifuentes; $18.000.000 para Rocío Macarena Cifuentes y $18.000.000 para Mateo Ariel Cifuentes. 4) Establecer que los intereses de los importes de los daños recalculados a la fecha de este pronunciamiento serán liquidados según las pautas del punto VIII (primera cuestión). 5) Imponer las costas de Alzada a la parte demandada vencida y a la citada en garantía -con el limite del seguro
- (art. 68 CPCC)."
- Observación sobre la regla de la mayoría: el pronunciamiento es unitario por la Sala (votos de Lombardi, Kalemkerian y Restivo coincidentes); el bloque dispositivo final consigna la decisión de la Cámara.

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