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COLMAN OMAR ALBERTO C/ LEGUIZAMON OLGA RAMONA S/ DIVISIÓN DE CONDOMINIO

División de condominio por simulación parcial; se discute la base regulatoria para la regulación de honorarios profesionales. La Cámara revocó la resolución apelada y determinó que la base regulatoria debe ser el 50% de la tasación aprobada ($24.746.225), dejando sin efecto las regulaciones practicadas sobre el 100%.

Division de condominio Honorarios profesionales Revocatoria Base regulatoria Costas de alzada Tasacion Ley 14.967 Simulacion parcial Porcion patrimonial 50% Tasacion aprobada $49.492.450 / base $24.746.225.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Colman Omar Alberto. Demandado: Leguizamón Olga Ramona. Objeto: División de condominio / declaración de derechos sobre inmueble (en el proceso se discutió la atribución de derechos sobre compraventa y la porción que corresponde al actor). Decisión: La Cámara revocó la resolución de fecha 18/05/2026 en cuanto tomó como base regulatoria la totalidad del valor del inmueble y estableció como base regulatoria el 50% de la tasación aprobada, es decir $24.746.225; ordenó que se dejen sin efecto las regulaciones de honorarios practicadas sobre la base anterior y que se efectúe nueva regulación en la instancia de origen. Las costas de Alzada se impusieron a la parte actora.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo, con el lenguaje del tribunal): "En la división de condominio la base regulatoria es, para cada parte, la cuota que le corresponde en el o los inmuebles y, consecuentemente, los honorarios de los profesionales han de tarifarse sobre el valor de la parte de cada mandante o patrocinado ... Por lo cual cada profesional podrá tener una base regulatoria diferente si se le adjudicara distinto inmueble, esto es distinguir la determinación del valor del inmueble de la porción de ese valor que constituye la base económica sobre la cual corresponde regular los honorarios." "En el caso en revisión, cabe destacar además, que esta Sala al resolver el fondo del litigio el 11/09/2025 revocó la sentencia de grado y admitió la demanda de simulación parcial respecto de la compraventa objeto de autos, declarando que los derechos derivados del boleto de compraventa corresponden al actor en un 50%. En ese sentido, y más allá del encuadre jurídico finalmente otorgado a la pretensión, el contenido económico sobre el cual existió efectiva controversia y que fue reconocido al accionante, quedó limitado a la mitad de los derechos sobre el inmueble (art. 330 CPCC)." "Consecuentemente, si el valor total del inmueble fue establecido en $49.492.450, la base regulatoria correspondiente debe quedar determinada en el 50% de dicha suma, esto es, $24.746.225 (arts. 16, 21, 27, 38 y concs., ley 14.967)." "En tales condiciones, al haberse practicado las regulaciones apeladas sobre una base distinta de la que aquí se establece, corresponde dejarlas sin efecto y disponer que en la instancia de origen se efectúe una nueva regulación de los honorarios profesionales tomando como base la suma de $24.746.225, con arreglo a las pautas de la ley 14.967 y a la condición procesal de cada uno de los profesionales intervinientes." Voto de mayoría (Sala Primera, Cámara Segunda de Apelación): ambos jueces adhirieron a la misma solución y propusieron revocar la resolución apelada y fijar la base regulatoria en $24.746.225. Se impusieron las costas de Alzada a la parte actora.

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