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ROMERO NICOLAS MIGUEL C/ GARCIA ANGEL CLARO Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO) -NUEVA GESTION JUDICIAL-

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito y reclamó incapacidad, daño moral y gastos. La Cámara de Apelaciones de Quilmes modificó parcialmente la sentencia de grado: elevó las indemnizaciones por incapacidad y daño moral, confirmó rubros menores y adecuó límite de cobertura e intereses.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Pericia medica Apelacion Gastos futuros Orbis compania argentina de seguros s.a. Responsabilidad objetiva (art. 1113 cc) Intereses (6% y tasa pasiva bapro) Limites de cobertura (ssn 589/2025)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Nicolás Miguel Romero, actor que circulaba en bicicleta. Demandado: Ángel Claro García (condenado) y la citada en garantía Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A. Objeto: reparación integral por daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 26/03/2014; rubros: Incapacidad Sobreviniente, Daño Moral, gastos (farmacia, traslados, vestimenta) y gastos futuros; adecuación del límite de cobertura de la aseguradora; intereses. Decisión: la Cámara rechazó el recurso de apelación de la aseguradora y hizo parcialmente lugar al recurso de la parte actora, modificando la sentencia de primera instancia en cuanto a la cuantía de Incapacidad Sobreviniente (se eleva a $10.000.000) y Daño Moral (se eleva a $5.000.000); confirmó los gastos de farmacia ($10.000), traslados ($7.000), vestimenta ($15.000) y gastos futuros ($500.000); adecuó el límite de cobertura de Orbis a $20.800.000 conforme Resolución SSN Nº 589/2025; y reguló el régimen de intereses (6% anual desde la fecha del hecho hasta la mensura / pasiva más alta Bapro desde cada fecha hasta el pago). Se impusieron costas de Alzada a la citada en garantía.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal): "De su contenido se desprende lo siguiente: a) Luego de identificar al actor -Nicolás Miguel Romero, DNI 38.822.350, argentino, 25 años al momento del examen, soltero, trabajador en pizzería, sin antecedentes médicos previos al accidente
- y de efectuar el interrogatorio médico, el perito constató al examen físico: En miembro superior derecho: cicatriz quirúrgica de 20 cm en cara externa del brazo, normo coloreada, epitelizada, con tendencia al queloide, de evidente impacto estético; limitación de la extensión del codo a 160° (valor normal 180°), con flexión normal; codo estable; movilidad de hombro y muñeca normal; movilidad de muñeca y dedos conservada; leve disminución del desarrollo de la masa muscular del brazo derecho; fuerza muscular conservada. ... El perito concluyó que el actor sufrió fractura del húmero derecho de carácter grave, de causa traumática, compatible con un accidente como el de autos; que fue tratado quirúrgicamente mediante reducción y osteosíntesis con placa y tornillos; que la fractura se encuentra consolidada; y que presenta una incapacidad parcial y permanente del 15%, debiendo tenerse en cuenta además la presencia de material de osteosíntesis que ya no cumple función y que podría requerir una nueva intervención quirúrgica para su retiro." "SENTENCIA: 1°) Se rechaza el recurso de apelación interpuesto por la citada en garantía Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A. 2°) Se hace lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la parte actora y, en consecuencia, se modifica parcialmente la sentencia de primera instancia dictada el día 22/3/2024, en los siguientes términos: a) Se eleva la suma reconocida en concepto de Incapacidad Física Sobreviniente a la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000), a valores actuales al dictado del presente pronunciamiento. b) Se eleva la suma reconocida en concepto de Daño Moral a la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000), a valores actuales al dictado del presente pronunciamiento. c) Se adecúa el límite de cobertura de la citada en garantía Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A. a la suma de PESOS VEINTE MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($20.800.000), conforme la Resolución SSN N° 589/2025. d) Se adecúa el régimen de intereses estableciendo una tasa pura del 6% anual desde la fecha del hecho lesivo (26/3/2014) hasta la fecha de la sentencia de primera instancia (22/3/2024) respecto de los rubros confirmados, y hasta la fecha del presente pronunciamiento respecto de los rubros Incapacidad Física Sobreviniente y Daño Moral; y desde cada una de esas fechas hasta el efectivo pago, la tasa pasiva más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta días..."
- Constitución de mayoría / Votos: La decisión fue adoptada por mayoría unánime de la Sala Segunda (Dres. Diego De Rosa y Gonzalo A. López Cardoso), quienes votaron por la modificación parcial propuesta por el Dr. De Rosa.

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