SANCHEZ EDUARDO GUILLERMO Y OTROS C/ IBAÑEZ LILIANA GRACIELA S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
Los actores promovieron proceso de desalojo con estimación del canon locativo y solicitud de regulación de honorarios. La Cámara confirmó la base regulatoria fijada en $12.000.000 y ratificó las regulaciones de honorarios por no acreditarse estimación alternativa ni méritos para modificar los montos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: SANCHEZ EDUARDO GUILLERMO y otros.
Demandado: IBAÑEZ LILIANA GRACIELA.
Objeto: Proceso de desalojo (excepto por falta de pago), con estimación del canon locativo mensual ($500.000) que sirvió de base regulatoria ($12.000.000) y regulación de honorarios.
Decisión: La Cámara confirmó la resolución de fecha 8 de mayo de 2026 en cuanto fijó la base regulatoria en $12.000.000 y confirmó las regulaciones de honorarios en los montos consignados en la resolución de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (textos reproducidos tal como aparecen en la sentencia):
"Esta Sala ha sostenido que, a los fines de la procedencia del mecanismo estimatorio previsto por la legislación arancelaria, resulta imprescindible que la estimación sea propuesta de un modo claro y preciso, debiendo exponerse y aportarse, al menos sucintamente, los parámetros en función de los cuales aquella se sustenta (esta Sala I, causa nro. MO-31570-2010, R.S. 22/15, 'D'Attoma, Alfredo Daniel y otro c/ Ruberto, Gabriel s/ Desalojo'; conf. arts. 27 y 40 ley 14.967)."
"En el caso, corrido el traslado de la estimación efectuada por la actora, los demandados se limitaron a cuestionar el canon locativo de $500.000 por considerarlo elevado, sin indicar cuál era el valor que estimaban adecuado. De tal modo, la mera oposición al importe propuesto, sin formular una estimación alternativa, no resulta suficiente para habilitar el procedimiento destinado a dirimir una discrepancia sobre el valor locativo. En consecuencia, no habiendo los demandados aportado oportunamente una estimación diversa, considero ajustada a derecho la decisión de tener por aprobado el canon locativo mensual de $500.000 y fijar, conforme al art. 40 de la ley 14.967, la base regulatoria en $12.000.000."
Sobre honorarios: "Atento la naturaleza, importancia y eficacia de las tareas desarrolladas en autos; tomando como base regulatoria el monto de -$12.000.000-, que llega firme a esta Alzada; y de conformidad con lo preceptuado por los arts. ... de la Ley 14.967, ... no resultando elevados los honorarios fijados en la resolución de fecha 8 de mayo de 2026; SE LOS CONFIRMA a favor del Dr. LUIS ARIEL BELLO en la suma de PESOS DOS MILLONES TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($2.039.750.-) ... de la Dra. PAMELA KAZMIRCZUK en la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL ($1.393.000.-) ... y de la Dra. MARIA JOSE PERTIGA en la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTICINCO ($174.125.-) ... Asimismo, por la negligencia de prueba resuelta en fecha 05 de junio de 2023, ... SE LOS CONFIRMA a favor del Dr. LUIS ARIEL BELLO en la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($348.250.-) ... y de la Dra. PAMELA KAZMIRCZUK en la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($248.750.-)."
- Votos y mayorías: La Dra. Moro expone fundamentos y propone la desestimación del recurso; la Dra. Ludueña adhiere "por sus mismos fundamentos". El acuerdo final dispone: "SE CONFIRMA la base regulatoria y los honorarios regulados en la instancia de origen en todo lo que ha sido materia de recurso." (bloque dispositivo que define la decisión de la mayoría).
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