Logo

MEDINA JOSE ANTONIO C/ RENAULT ARGENTINA SA S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El actor demandó por daños y perjuicios atribuyendo a un supuesto defecto del airbag que le habría provocado quemaduras. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por falta de prueba del defecto del producto y por no haberse puesto a disposición el vehículo para la pericia, imponiendo costas a la actora.

Danos y perjuicios Recurso de apelacion Nexo causal Prueba pericial Airbag Responsabilidad por productos Costas de alzada Ley 24.240 (defensa del consumidor) Acta notarial / prueba fotografica Inspeccion vehicular / ausencia de pericia

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MEDINA JOSE ANTONIO. Demandado: RENAULT ARGENTINA SA. Objeto: Reparación pecuniaria por lesiones (quemaduras en el brazo) que el actor atribuye al funcionamiento defectuoso del sistema de airbag del vehículo Renault Logan dominio AD107PD por siniestro del 6/4/2021. Decisión: Se rechazaron los agravios de la actora y se confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda; se impusieron las costas de Alzada a la actora y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original): "En efecto, la escribana constató el estado exterior del vehículo, el despliegue del airbag extremos que no fueron desconocidos por la sentencia apelada. Asimismo se han certificado fotografías del brazo lesionado del actor. Ahora bien, dicho instrumento no puede demostrar, por exceder el ámbito propio de la actuación notarial, que tales lesiones obedecieran a un funcionamiento defectuoso del sistema de airbag y no al normal despliegue del dispositivo durante una colisión. En este aspecto, en nada inciden las manifestaciones que se plasmaran del mecánico Juan Carlos Botaya, las que, en ausencia de otras pruebas que permitan constituir la prueba compuesta, en nada contribuyen a probar los hechos alegados en la demanda." "El perito ingeniero mecánico no pudo inspeccionar el vehículo del actor, no obstante que se han establecido dos fechas para ello. Afirma el perito ingeniero mecánico: 'Que este Perito puede decir que por nota (según consta en expte.) solicitó verificar vehículos el día 16/10/2024 y posteriormente a solicitud del actor el 20/11/2024 a las 17:30 Hs., presentándose solamente la parte demandada a la misma.' ... Por lo tanto el perito realizará la contestación de los puntos de pericia considerando los escritos de demanda, contesta demanda, citada en garantía y demás constancias obrantes en autos." "En definitiva, los agravios desarrollados por el apelante no logran desvirtuar el fundamento central de la sentencia recurrida. Aun cuando pudiera tenerse por acreditada la existencia del daño, lo cierto es que no se produjo prueba idónea que permitiera demostrar que dichas lesiones obedecieron a un defecto de fabricación o funcionamiento del sistema de seguridad, extremo indispensable para la procedencia de la acción instaurada."
- Votos: Voto del Dr. Ramón Domingo Posca con adhesión de los Dres. Pérez Catella y Taraborrelli; acuerdo unánime. Bloque dispositivo final: "RESUELVE: A) RECHAZAR los agravios incoados por la parte actora y en consecuencia: 1°) CONFIRMAR la sentencia apelada..." (texto dispositivo transcripto en la sentencia).

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar