HEIM GERMAN LUIS C/ CORREDORES VIALES S.A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios automotores con muerte contra Corredores Viales S.A. La Cámara rechazó el recurso de reposición in extremis interpuesto por la demandada por no configurarse error de hecho grosero que justifique la revocatoria, y resolvió no imponer costas (art. 68 II párr. CPCC).
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Heim Germán Luis.
Demandado: Corredores Viales S.A.
Objeto: Reclamo por daños y perjuicios automotores con muerte (causa caratulada "DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)").
Decisión: La Cámara rechazó el recurso de reposición in extremis promovido por Corredores Viales S.A. y dispuso sin costas por la naturaleza del planteo (art. 68, 2° párr. CPCC).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"Mediante escrito de fecha 02/09/26, la parte demandada (Corredores Viales S.A.) interpone 'recurso de reposición' contra la sentencia definitiva del 27/8/26 que declara mal concedido por inadmisible su apelación del 26/9/25 interpuesta contra la sentencia de la anterior instancia dictada el 19/9/25... Aclara que con fecha 24/10/2025 realizó el mencionado depósito por la suma de $ 45.822.512 que fuera acreditado en autos el 26/10/25 mediante el comprobante correspondiente."
"La denominada reposición in extremis es un recurso de creación pretoriana cuya procedencia tiene que ver con la consumación de una grave injusticia como derivación de un yerro judicial motivado en un error de hecho grosero y evidente plasmado en el auto objeto de impugnación... Dicho de otro modo, y enfatizando lo ya consignado, la revocatoria in extremis implica un procedimiento de reparación de errores, nunca una revisión de la causa, por lo que no puede ser empleada con éxito para cuestionar el acierto o error de las interpretaciones jurídicas sustentadas por el órgano judicial, o para plantear vicios de juzgamiento, o para procurar mejorar el material probatorio analizado."
"En el caso bajo análisis, se constata que el recurso interpuesto no pretende la revocación de un despacho que consagra una grave injusticia como derivación de un yerro judicial motivado en un error de hecho grosero y evidente, sino la revisión de la doctrina del Tribunal (en el caso de la propia SCJBA) a partir del dictado de un decisorio que altere o sustituya al anterior colocándose en contradicción con el mismo. Por los motivos expuestos propongo al acuerdo el rechazo del recurso de reposición in extremis planteado por la demandada Corredores Viales S.A.."
Bloque dispositivo final reproducido textualmente:
"I) Rechazar el recurso de reposición in extremis planteado por la demandada Corredores Viales S.A..
II) Sin costas en atención a la naturaleza del planteo que se resuelve (art. 68 segundo párrafo del CPCC)."
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