HERNANDEZ HUGO ORLANDO y otros S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
El actor solicitó la homologación de un acuerdo transaccional por labores laborales por la suma de $3.600.000. El Tribunal homologó el convenio, confirmó el pago de $3.600.000 a favor del actor con costas a cargo de la demandada e intimó por tasas y contribuciones, además de regular honorarios profesionales sobre la base del acuerdo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Rodolfo Carlos Leon.
Demandado: Selec Electricidad y Electrónica S.R.L., Hugo Hernández y Romina Prado.
Objeto: Homologación de acuerdo transaccional laboral por la suma total de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL ($3.600.000).
Decisión: El Tribunal homologó el acuerdo transaccional en los términos presentados; impuso las costas a la demandada; intimó a la demandada a acreditar pago de la tasa de justicia ($79.200) y la contribución al Colegio de Abogados ($3.960); reguló honorarios de la Dra. Elsa Noemí Fernández en 7 JUS ($372.624) más adicionales legales y diferió regulación de honorarios de la Dra. María Eugenia Mascitti hasta cumplimiento de intimación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes del fallo, lenguaje original):
1) "Homologar en cuanto por derecho corresponde el acuerdo conciliatorio arribado en la presentación efectuada por las partes en ACUERDO TRANSACCIONAL
- SE PRESENTA (237700516008048902), en los términos allí referenciados. De conformidad a lo acordado, se revalida la suma total de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL ($3.600.000) a favor de la parte actora RODOLFO CARLOS LEON y a cargo de la parte demandada SELEC ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA S.R.L., HUGO HERNÁNDEZ y ROMINA PRADO, pagaderos en la forma pactada por las partes con costas a cargo de la demandada mencionada."
2) "Intimase a la demandada para que en el plazo de tres días acredite el cumplimiento de la tasa de justicia por la suma de $79.200, bajo apercibimiento de Ley, debiendo acompañar la correspondiente boleta (art. 252 ley 10.397) y la cantidad de $3.960, como contribución al Colegio de Abogados (art. 60 ley 15.057) ( Res. 38/13 SPL SCJBA)."
3) "A los fines de la regulación de honorarios de los letrados se toma como base el monto del acuerdo. Atento lo pactado, regulase los honorarios de la Dra. ELSA NOEMI FERNANDEZ en la cantidad de 7 JUS equivalentes al día de la fecha a ($372.624), a los que se adicionará el porcentaje del art. 14 de la ley 6716 mod. por ley 8455 ... Adicionase la incidencia del Iva para los profesionales que correspondiere. Difierase la regulación de honorarios de la Dra. MARÍA EUGENIA MASCITTI hasta tanto cumpla con la intimación de fecha 1/9/2026."
- Votos: La Dra. Bartoli votó por homologar entendiendo que la solución importa "una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. (art. 30 Dec. Ley 15.057)"; las Dres. Slavin y el Dr. Escobar adhieren con idéntico alcance. El dispositivo final del Tribunal coincide con los votos de la mayoría y constituye la decisión.
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