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AMAYA JORGE OSCAR C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor promovió acción especial por accidente de trabajo y pidió homologación de un acuerdo conciliatorio por $4.000.000. El Tribunal homologó el acuerdo, ordenó su pago conforme lo convenido, impuso costas a la demandada y, por mayoría, eximió de la tasa de justicia si el acuerdo se cumple puntualmente.

Accidente de trabajo Homologacion de acuerdo Costas a la demandada Accion especial Tribunal del trabajo n?2 Regulacion de honorarios diferida Indemnizacion $4.000.000 Exencion tasa de justicia (condicionada) Ley 15.057 (art. 30) Ley 27.802 (arts. 55 y 207)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: JORGE OSCAR AMAYA. Demandado: PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (PREVENCION ART S.A.). Objeto: Acción especial por accidente de trabajo y homologación de un acuerdo conciliatorio. Decisión: Homologar el acuerdo conciliatorio por PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000) a favor del actor, con costas a cargo de la demandada; eximir de la tasa de justicia por mayoría si se cumple puntualmente el acuerdo, diferir regulación de honorarios hasta cumplimiento de Leyes 8480 y 10.268, y aplicar sanciones previstas en arts. 55 y 207 Ley 27.802 en caso de incumplimiento.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "importando la solución arribada una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. (art. 30 Ley 15.057), deberá homologarse la misma, teniendo presente lo demás manifestado e imponiéndose las costas a la demandada (SCBA 10-9-95 'Garzon c/ El Mangrullo..' en Carpetas DT 1985-2434)."
- Respecto a la tasa de justicia, la Dra. Slavin propuso: "propongo eximir de la misma en el supuesto de cumplimiento puntual del acuerdo celebrado, caso contrario, se liquidará la misma tomando como base el monto del acuerdo (art. 30 ley 15.057)."
- La Dra. Bartoli expresó su discrepancia: "Adhiero por sus fundamentos al voto que antecede, excepto en lo que se propone respecto de la tasa de justicia... propicio no eximir del pago de la correspondiente tasa de justicia."
- La Dra. Ramos votó: "sin perjuicio de dejar a salvo mi opinión personal en lo referente a la tasa de justicia cuyo pago propicio eximir atento el acuerdo formulado en autos, al solo efecto de formar mayoría ... adhiero por sus fundamentos al voto de la Dra. Slavin."
- Bloque dispositivo final (lo resuelto por mayoría): "1) Homologar ... se revalida la suma total de PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000) a favor de la parte actora JORGE OSCAR AMAYA y a cargo de la parte demandada PREVENCION ART S.A., pagaderos en la forma pactada por las partes con costas a cargo de la demandada mencionada.
- 2) Eximir
- por mayoría
- de la tasa de justicia en el supuesto de cumplimiento puntual del acuerdo celebrado, caso contrario, se liquidará la misma tomando como base el monto del acuerdo (art. 30 ley 15.057).
- 3) Diferir la regulación de honorarios ... hasta tanto cumplan con las Leyes 8480 y 10.268. ... 4) En caso de incumplimiento del presente, se aplicará lo dispuesto en los arts. 55 y 207 Ley 27.802."

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