Logo

APARICIO NOELIA ANALIA y otro/a S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

La actora promovió homologación de convenio por reclamo laboral y percibirá $3.500.000 según lo pactado. El Tribunal homologó el acuerdo por considerarlo una justa composición de derechos y obligaciones, ordenó el pago y reguló honorarios por $700.000, imponiendo costas a la demandada.

Regulacion de honorarios Transaccion Intimacion Homologacion de convenio Costas a la demandada L.c.t. Tasa de justicia $77.000 Honorarios $700.000 Tribunal del trabajo n?2 (mar del plata). Monto $3.500.000

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: NOELIA ANALIA APARICIO (actora y una persona más indicada en el encabezamiento como "y otro/a"). Demandado: UTHGRA SECCIONAL MAR DEL PLATA. Objeto: Homologación de convenio transaccional suscripto entre las partes en el marco de litigo laboral; revalidación y pago de la suma convenida. Decisión: Se homologó el acuerdo transaccional en los términos presentados; se revalidó el pago de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL ($3.500.000) a favor de la actora y a cargo de la demandada, con costas a cargo de la demandada; se intimó a la demandada a acreditar tasa de justicia ($77.000) y contribución al Colegio de Abogados ($3.850); se regularon honorarios del Dr. Damián Fernando Rodríguez Núñez en PESOS SETECIENTOS MIL ($700.000) y se diferió la regulación del Dr. Ulises De La Fuente hasta cumplimiento de intimación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "La Sra. Jueza Dra. Bartoli dijo: importando la solución arribada una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. (art. 30 Dec. Ley 15.057), deberá homologarse la misma, teniendo presente lo demás manifestado e imponiéndose las costas a la demandada (SCBA 10-9-95 "Garzon c/ El Mangrullo.." en Carpetas DT 1985-2434)." "Por lo que el Tribunal RESUELVE: 1) Homologar en cuanto por derecho corresponde el acuerdo conciliatorio arribado en la presentación efectuada por las partes en ACUERDO TRANSACCIONAL
- SE PRESENTA (245400516007981671), en los términos allí referenciados. De conformidad a lo acordado, se revalida la suma total de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL ($3.500.000) a favor de la parte actora NOELIA ANALIA APARICIO y a cargo de la parte demandada UTHGRA SECCIONAL MAR DEL PLATA, pagaderos en la forma pactada por las partes con costas a cargo de la demandada mencionada." "2) Intimase a la demandada para que en el plazo de cinco días acredite el cumplimiento de la tasa de justicia por la suma de $77.000, bajo apercibimiento de Ley, debiendo acompañar la correspondiente boleta (art. 252 ley 10.397) y la cantidad de $3.850, como contribución al Colegio de Abogados (art. 60 ley 15.057) ( Res. 38/13 SPL SCJBA)." "3) A los fines de la regulación de honorarios de los letrados se toma como base el monto del acuerdo. Atento lo pactado, regulase los honorarios del Dr. DAMIAN FERNANDO RODRIGUEZ NUÑEZ en la cantidad de PESOS SETECIENTOS MIL ($700.000), correspondientes al porcentual del capital conforme lo pactado y equivalentes a 13,15 JUS al día de la fecha, a los que se adicionará el porcentaje del art. 14 de la ley 6716 mod. por ley 8455 y la incidencia del Iva en caso que correspondiere..." Además, las Dres. Slavin y Beldarrain "adhieren por sus fundamentos al voto precedente, votando con idéntico alcance." El bloque dispositivo final es el que determina la solución adoptada por mayoría.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar