TEJERA ANALIA GABRIELA C/ BREAD FACTORY & PASTRY SA y otros S/ DESPIDO
La actora promovió demanda por despido y logró la homologación de un acuerdo conciliatorio por PESOS SIETE MILLONES ($7.000.000). El Tribunal homologó el acuerdo, impuso costas a la demandada, eximió por mayoría de la tasa de justicia en caso de cumplimiento puntual y reguló honorarios profesionales por $1.400.000 y $700.000 respectivamente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Analía Gabriela Tejera.
Demandado: Bread Factory & Pastry S.A., Gastón Castano y Débora Edith Tejera.
Objeto: Acción por despido.
Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio por PESOS SIETE MILLONES ($7.000.000) a favor de la actora y a cargo de las demandadas, con costas a cargo de la demandada; se eximió por mayoría de la tasa de justicia en caso de cumplimiento puntual del acuerdo; se reguló honorarios de las letradas conforme al monto del acuerdo (Dra. Daniela Cintia Espinoza $1.400.000; Dra. Liliana María Verdun $700.000), con las previsiones sobre IVA, plazos y mora.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
- Voto de la Dra. Slavin: "la solución arribada importa una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. (art. 30 Ley 15.057), debiendo en consecuencia, homologarse la misma (SCBA 10-9-95 'Garzon c/ El Mangrullo..' en Carpetas DT 1985-2434). Debe tenerse presente lo demás manifestado e imponerse las costas a la demandada."
- Sobre la tasa de justicia (propuesta Slavin): "propongo eximir de la misma en el supuesto de cumplimiento puntual del acuerdo celebrado, caso contrario, se liquidará la misma tomando como base el monto del acuerdo (art. 30 Ley 15.057)."
- Voto de la Dra. Bartoli (discrepancia parcial): "Adhiero por sus fundamentos al voto que antecede, excepto en lo que se propone respecto de la tasa de justicia. Considero que, en virtud de la normativa impuesta por los arts. 338 y 341, no dándose los supuestos contemplados por el art. 343 del Código Fiscal t.o. y siendo facultad privativa del magistrado de grado prevista por el art. 30
- tercér párrafo
- de la ley del fuero (15.057) propicio no eximir del pago de la correspondiente tasa de justicia."
- Voto del Dr. Novoa: "adhiere por sus fundamentos al voto de la Dra. Slavin, votando con idéntico alcance."
- Bloque dispositivo final (decisión mayoritaria): "1) Homologar en cuanto por derecho corresponde el acuerdo conciliatorio ... se revalida la suma total de PESOS SIETE MILLONES ($7.000.000) a favor de la parte actora ANALIA GABRIELA TEJERA y a cargo de la parte demandada BREAD FACTORY Y PASTRY S.A., GASTON CASTANO y DEBORA EDITH TEJERA, pagaderos en la forma pactada por las partes con costas a cargo de la demandada mencionada. 2) Eximir
- por mayoría
- de la tasa de justicia en el supuesto de cumplimiento puntual del acuerdo celebrado, caso contrario, se liquidará la misma tomando como base el monto del acuerdo (art. 30 ley 15.057). 3) ... regulase ... los honorarios de la Dra. DANIELA CINTIA ESPINOZA ... PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS MIL ($1.400.000) ... y de la Dra. LILIANA MARIA VERDUN ... ($700.000) ... Adicionase la incidencia del Iva en caso que correspondiere."
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