LEVERATTO JORGE ATILIO C/ FRIGORIFICO DE AVES SOYCHU SAICFIA S/DESPIDO
El actor promovió demanda laboral por despido contra Frigorífico de Aves Soychu SAICFIA. El Tribunal declaró operada la caducidad de instancia por inactividad del actor y le impuso las costas por aplicación de los arts. 11 y 12 de la ley 15.057 y arts. 310 y 315 del CPCC.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: LEVERATTO JORGE ATILIO.
Demandado: FRIGORIFICO DE AVES SOYCHU SAICFIA.
Objeto: Reclamo laboral por despido (causa por despido).
Decisión: El Tribunal declaró operada la caducidad de la instancia por inactividad del actor y le impuso las costas. Votaron por ese resultado los tres jueces.
- Fundamentos principales de la decisión (textos y citas literales relevantes):
"Que en fecha 6/10/2025, se intimó a la parte actora para que impulse el trámite de los presentes bajo apercibimiento de declarar la caducidad de la instancia, atento que desde la última actividad procesal útil producida, había transcurrido holgadamente el plazo establecido en el art. 11 de la ley 15.057."
"Que si bien la accionante, ante tal requerimiento efectuó diferentes presentaciones (Cfr. escrito de fecha 14/10/2025 y siguiente), dejó nuevamente transcurrir el plazo establecido en el artículo 11 de la ley 15.057."
"Que la inactividad objeto de la presente cuestión no es imputable al Tribunal, ya que el deber impulsorio de éste, establecido en el art. 11 de la ley ritual, cesa cuando la parte a quien incumbe la realización de alguna diligencia apta para la prosecución del trámite, es la que con su desinterés
- evidenciado en estos autos con el incumplimiento de la intimación cursada
- impide precisamente su ejercicio..."
"Que en tales condiciones, ante la nueva inacción de la parte actora y en virtud de lo dispuesto por el arts. 310 y 315 del CPCC (texto según ley 13.986), deviene procedente declarar la caducidad de la presente instancia."
"En cuanto a las costas estimo deben ser impuestas a la parte actora, en atención a la forma en que se ha resuelto la cuestión (art. 24, ley 15057)."
- Voto y acuerdo: El juez preopinante (Dr. Mena) expuso los fundamentos y los Dres. Telechea y Pérez Herrera votaron en el mismo sentido. El bloque dispositvo final del Tribunal resolvió:
"1) Declarar operada la caducidad de instancia en la presente causa (arts. 11 y 12, ley 15057 y 310 y 315, CPCC ).
2) Imponer las costas a la parte actora (art. 24, ley 15057)."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: