FERNANDEZ ALEJANDRO FEDERICO C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
El actor promovió demanda laboral por enfermedad profesional y las partes celebraron una transacción para terminar el juicio. El Tribunal homologó la transacción, impuso las costas a la demandada, reguló honorarios y fijó pautas para la liquidación y forma de pago (cuenta bancaria, comprobantes y conceptos bancarios), además de intimar por tasa y sobretasa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FERNANDEZ ALEJANDRO FEDERICO.
Demandado: LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
Objeto: Reclamo laboral por enfermedad profesional (expte. 45902), finalizado mediante transacción consignada en acta de audiencia de fecha 10/9/26.
Decisión: Homologar la transacción celebrada por las partes y disponer la forma de efectivización de los pagos, imponer costas a la demandada, regular honorarios y fijar liquidaciones y plazos para pago de tasas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo):
"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.) y 'se ha alcanzado en la misma una justa composición de los derechos e intereses de las partes' (SCJBA., LP L 87983 S 26/12/2012, Carátula: 'Olivera, Carlos Alberto c/ Transportes Automotores La Plata S.A. s/ Despido').
Asimismo y teniendo en cuenta que la homologación es la confirmación que da el Juez a ciertos actos y convenciones para hacerlas así más 'firmes', 'ejecutivas', 'solemnes' (Escriche: Diccionario Enciclópedico Salvat t. VII) entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 10/9/26 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas."
"VISTO el Acuerdo precedente el Tribunal RESUELVE: 1). Homologar la transacción celebrada por las partes por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 10/9/26 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas."
Pautas operativas y cuantías fijadas:
"2). A los fines de efectivizarse los pagos pactados en concepto de capital, deberá la parte actora denunciar una cuenta bancaria de su exclusiva titularidad... a) Hasta tanto la actora no denuncie en autos los datos de su cuenta bancaria, el plazo para el pago del capital convenido se encuentra suspendido. ... d) Cada operación bancaria ... deberá ser justificada en el expediente acompañando los comprobantes ... dentro de los cinco días de cumplidos a los efectos de la liberación del obligado al pago. e) ... los depósitos o transferencias a favor de la parte actora en concepto de CAPITAL deberán efectuarse consignando como CONCEPTO la opción 'HABERES' ... 'PAGO POR ORDEN JUDICIAL.'"
Imposición de costas y regulación de honorarios y peritajes:
"3). Imponer las costas a la parte demandada LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (art. 73 del C.P.C.C., 24, 25,89 ley 15057).
4). Regular los honorarios de los doctores MARIANO BORDACHAR y FERNANDO ALBERTO RAMPAZZO ... en la cantidad de 26,29 Jus a cada uno de ellos y de MARIANA MONZANI ... en la cantidad de 52,59 Jus... Y los del perito médico RIPULLONE MARCELA CRISTINA en la suma de PESOS SETECIENTOS MIL ($ 700.000 )."
Intimación por tasas:
"6) Intimase a la demandada para que en el término de diez días abone la tasa y sobretasa de justicia en la suma de $ 308.000 y $. 15.400 respectivamente bajo apercibimiento de ley..."
- Votos: Los tres jueces (Quezada, Hernández y Landi) votaron en igual sentido; no se consignan disidencias.
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