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ACEVEDO SILVIA SUSANA C/ DICK MARIA CELIA S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

La actora solicitó la homologación de una transacción celebrada con la demandada para poner fin al juicio por homologación de convenio. El Tribunal homologó la transacción en los términos del escrito del 8/9/26, con excepción del punto V., e impuso condiciones para la efectivización de los pagos y la imputación de costas y honorarios.

Costas Honorarios Regulacion de honorarios Imposicion de costas Transaccion Juicio laboral Cuenta bancaria Homologacion de convenio Art. 30 ley 15.057 Art. 277 ley 27.802

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ACEVEDO SILVIA SUSANA. Demandado: DICK MARIA CELIA. Objeto: Homologación de convenio/transacción celebrada entre las partes que pone fin al juicio (expte. 48262, escrito de fecha 8/9/26). Decisión: El Tribunal homologó la transacción celebrada por las partes en la forma y condiciones consignadas en el escrito del 8/9/26, con excepción de lo solicitado en el punto V.; impuso a la actora denunciar cuenta bancaria para la percepción de los importes pactados; dejó suspendido el plazo para pago del capital hasta la denuncia de la cuenta; prohibió el depósito/transf. a favor de los letrados en concepto de pacto de cuota litis en este expediente; impuso las costas a la demandada; reguló honorarios y ordenó intimación para pago de tasa y sobretasa de justicia por $33.000 y $1.650 respectivamente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): "La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.) y 'se ha alcanzado en la misma una justa composición de los derechos e intereses de las partes' (SCJBA., LP L 87983 S 26/12/2012, Carátula: 'Olivera, Carlos Alberto c/ Transportes Automotores La Plata S.A. s/ Despido')." "Asimismo y teniendo en cuenta que la homologación es la confirmación que da el Juez a ciertos actos y convenciones para hacerlas así más 'firmes', 'ejecutivas', 'solemnes' (Escriche: Diccionario Enciclópedico Salvat t. VII) entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el ESCRITO DEL 8/9/26 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas, con excepción de lo solicitado en el punto V. ( art. 30 tercer párrafo ley 15.057)." Dispositivo final (transcripción): "el Tribunal RESUELVE: 1). Homologar la transacción celebrada por las partes por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el ESCRITO DEL 8/9/26 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas, con excepción de lo solicitado en el punto V. ( art. 30 tercer párrafo ley 15.057). 2). A los fines de efectivizarse los pagos pactados en concepto de capital, deberá la parte actora denunciar una cuenta bancaria de su exclusiva titularidad donde se efectuarán los pagos que correspondan a los importes reconocidos en autos.(art 277 inc a) según ley 27.802) ... 3). Imponer las costas a la parte demandada DICK MARIA CELIA (art. 73 del C.P.C.C., 24, 25,89 ley 15057). 4). Regular los honorarios de los doctores VERONICA PAOLA BAIER, letrado patrocinante de la actora en la cantidad de 5,63 Jus y de FERNANDA JESICA CHAVEZ; letrado patrocinante de la demandada en la cantidad de 5,63 Jus..."

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