VILLOLDO LUIS OSCAR C/ PROVINCIA ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor promovió acción especial por accidente de trabajo contra PROVINCIA ART S.A. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado el 07/09/2026, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios y de peritos conforme lo solicitado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: VILLOLDO LUIS OSCAR.
Demandado: PROVINCIA ART S.A.
Objeto: acción especial por accidente de trabajo (reclamo derivado de accidente laboral; se arribó a un acuerdo conciliatorio en audiencia del 07/09/2026).
Decisión: El Tribunal del Trabajo Nº 1 de Avellaneda homologó el acuerdo conciliatorio celebrado el 07/09/2026; impuso las costas a cargo de la demandada; reguló honorarios de letrados y peritos; ordenó acreditación de pagos y dispuso modalidades de depósito del capital conciliado y de pago de honorarios e impuestos.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
- "Que la conciliación arribada entre la parte actora y demandada en la audiencia celebrada el día 07/09/2026 no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en los arts. 12 y 15 L.C.T."
- "Que la conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio (art. 30 de la ley 15.057), y el convenio celebrado entre partes hace a la celeridad procesal que debe imprimirse a todo trámite en el que se ventilen cuestiones de índole alimentario, tal es el de los potenciales créditos reclamados en autos."
- Dispositivo final (extractos): "I.
- HOMOLOGAR el acuerdo conciliatorio celebrado entre la parte actora y demandada en la audiencia celebrada el 07/09/2026, en los términos de lo normado por los arts. 12, 15 y ccdts. de la L.C.T. II.
- IMPONER las costas a cargo de la DEMANDADA (arts. 24, 25 y ccdts. de la ley 15.057)."
- Sobre honorarios: "regúlanse los honorarios de los letrados intervinientes, de la parte actora, MATEO SANDRA NAZMI en 63.87 JUS ($3.400.000.), con más el 10% de aportes previsionales ... y por la parte demandada OKONSKI MARIELA ALEJANDRA en 63.87 JUS ($3.400.000.) con más el 10% de aportes previsionales..."
- Sobre peritos: "regúlense los honorarios de los peritos intervinientes: LIGNELLI LORENZO Y EGUIDIN BARBARA ANDREA en la suma de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL ($850.000), para cada uno de ellos, todo/as con más el 10 % de aportes de ley."
- Medidas complementarias: "El capital conciliado deberá ser depositado en la 'cuenta sueldo' o cuenta bancaria de titularidad de la parte trabajadora ... la parte actora ... dentro del tercer día de notificada la presente, deberá denunciar y acreditar fehacientemente en autos titularidad y datos de la cuenta respectiva ... El plazo acordado para el cumplimiento del presente comenzará a computarse una vez que se encuentre acreditado en autos dicho requerimiento."
- Tasa de justicia: "intimese a la DEMANDADA para que dentro del plazo de cinco días ACREDITE EL PAGO DE LA TASA DE JUSTCIA por la suma de $374.000 ... bajo apercibimiento de pasar las actuaciones a la Sra. agente Fiscal."
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