SANCHEZ MARCOS LUCIANO EMANUEL C/ GESTION LABORAL S.A. Y OTRO/A S/ DESPIDO
El actor promovió demanda por despido y celebró conciliación con la codemandada GESTIÓN LABORAL S.A. por PESOS ONCE MILLONES ($11.000.000), pagaderos en dos cuotas. El Tribunal homologó la conciliación, ordenó el pago mediante depósito en cuenta sueldo del actor, reguló honorarios y fijó que las costas serán a cargo de GESTIÓN LABORAL S.A.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: SANCHEZ MARCOS LUCIANO EMANUEL, por derecho propio y con patrocinio del Dr. Leandro Enrique Galarza.
Demandado: GESTIÓN LABORAL S.A. y URBANO EXPRESS ARGENTINA S.A.
Objeto: Reclamo por despido (s/ Despido).
Decisión: Homologación de la conciliación celebrada el 31/08/2026 por la que GESTIÓN LABORAL S.A. abonará al actor la suma total de PESOS ONCE MILLONES ($11.000.000.-) en dos cuotas iguales; exención del 50% del sellado de actuación; costas a cargo de GESTIÓN LABORAL S.A. con excepción de las de la representación de URBANO EXPRESS; ratificación del desistimiento del actor respecto de URBANO EXPRESS ARGENTINA S.A.; autorización de pago directo a la cuenta denunciada del actor y regulación de honorarios de los profesionales intervinientes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original):
"Que la referida conciliación es una manifestación bilateral de voluntades que no afecta el orden público y que en tal caso se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes conforme lo dispone el art. 15 de la L.C.T.."
"Que atento a ello y lo prescripto por los Arts. 1.641; 1.643 y 1.644 del Código Civil y Comercial, con el alcance del art. 1.642 del citado código y art. 15 de la L.C.T., entiendo que, previo cumplimiento de lo dispuesto por el art. 20 de la ley 6716, debe hacerse lugar a la homologación solicitada, dando por concluido el juicio."
"En función del principio de economía procesal y en uso de las facultades establecidas en el artículo 12 de la ley 15.057 se ordena el pago directo a la Caja de Ahorros del Banco de la Provincia de Buenos Aires de titularidad de la parte actora."
Texto del acuerdo homologado transcripto en la resolución:
"La codemandada GESTIÓN LABORAL S.A, al sólo efecto conciliatorio y sin reconocer hechos ni derechos, abonará al actor MARCOS LUCIANO EMANUEL SANCHEZ por todo concepto reclamado en autos, la suma total y única de PESOS ONCE MILLONES ($11.000.000.-) pagaderos de la siguiente forma: en dos cuotas iguales, mensuales y consecutivas de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 5.500.000.-) cada una de ellas, pactándose el pago de la primera cuota a los diez días hábiles contados a partir de la notificación del auto homologatorio del presente acuerdo y el pago de la segunda (última) cuota a los treinta días respecto del pago de la primera cuota."
"Tener por ratificado en todos sus términos lo manifestado por el actor MARCOS LUCIANO EMANUEL SANCHEZ mediante acta de fecha 31/08/2026 por el cual DESISTE DE LA ACCION Y DEL PROCESO Y EN CUANTO A DERECHO CORRESPONDE EN LOS TERMINOS DE LOS ARTS. 304 y 305 DEL C.P.C. y C. en los autos de referencia, respecto a la codemandada URBANO EXPRESS ARGENTINA S.A."
Sobre honorarios y cuentas:
"Se dispone que los pagos de todos los emolumentos -tanto los pactados, como los que aquí se regulan
- deberán cancelarse mediante depósito bancario en la cuenta que cada profesional sea titular ... deberán denunciar cuenta bancaria y CBU de su titularidad."
- Votos: Los tres magistrados (Dra. Baldoni; Dr. Rodríguez; Dr. Yannibelli) adhieren y firman; no consta disidencia. El bloque dispositivo final confirma la homologación y las medidas de pago y regulación indicadas.
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