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FERREIRO OSCAR ALBERTO C/ SUCESORES DE CICCIMARRA JOSE RICARDO S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

Homologación de convenio por monto transaccional entre FERREIRO y los sucesores de CICCIMARRA. El Tribunal homologó el acuerdo por $83.000.000 al entender que el convenio asegura una justa composición de derechos conforme al art. 15 de la ley 20.744.

Costas Regulacion de honorarios Homologacion de convenio Exencion tasa de justicia Sentencia de primera instancia. Art. 15 ley 20.744 Tribunal del trabajo de tandil Pago por transferencia a cuenta sueldo Monto transaccional $83.000.000 Partes convenientes

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FERREIRO OSCAR ALBERTO. Demandado: SUCESORES DE CICCIMARRA JOSE RICARDO, representados por ROSANA INES CICCIMARRA y BERTA INES HERRERA. Objeto: Homologación de convenio/transacción por monto indemnizatorio (monto transaccional). Decisión: Homologar con fuerza de sentencia el acuerdo celebrado por las partes por la suma de pesos OCHENTA Y TRES MILLONES ($83.000.000). Imponer costas a la parte demandada conforme lo pactado; eximir a la demandada del depósito de la Tasa de Justicia; regular y liquidar honorarios conforme ley aplicable; ordenar pasos para pago y acreditación de depósitos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, lenguaje original): "Luego de pormenorizado análisis del acuerdo celebrado por las partes, atento la naturaleza jurídica del convenio, y dado que la parte accionante ha reajustado su pretensión crediticia, encuentro que el mismo establece las bases que permiten asegurar una justa composición de los derechos e intereses de los convinientes, de conformidad con lo establecido en el art. 15 de la ley 20.744 (t.o.).- Por estas razones me pronuncio en la presente cuestión por la AFIRMATIVA." "Por las consideraciones efectuadas, el Tribunal del Trabajo de Tandil ha resuelto dictar la siguiente S E N T E N C I A HOMOLOGAR con fuerza de Sentencia el acuerdo celebrado por la parte actora FERREIRO OSCAR ALBERTO y la parte demandada SUCESORES DE CICCIMARRA JOSE RICARDO representada en este acto por las herederas declaradas ROSANA INES CICCIMARRA y BERTA INES HERRERA, por la suma de pesos OCHENTA Y TRES MILLONES ($83000000), en concepto de monto transaccional, que serán pagaderos conforme lo pactado en las clausulas SEGUNDO a), b) y d).
- .-" "Impónense las costas del presente litigio a la parte demandada de conformidad con lo pactado (arts. 24 y 30 de la ley 15057 y arts. 68 y 73 del C.P.C.C.; art. 81 ley 14.653).- Sin perjuicio de lo dispuesto por la Res. 100/96 SCBA y conforme criterio de este Tribunal, eximase a la demandada a que deposite la Tasa de Justicia y su contribución"
- Adhesión de votos: El voto inicial del Dr. Gustavo Adrián Iacaruso se pronuncia afirmativamente y los Dres. Néstor Enrique Soria y Virginia Persson adhieren al voto de la Jueza que lleva la palabra, conformando la decisión por unanimidad.

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